El TEPJF le ordena a la Sala Especializada analizar de forma integral las
denuncias de actos anticipados en contra de Marcelo Ebrard
2 /agosto /2023 / Sala Superior 332/2023
Ciudad de México
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó, por unanimidad de votos, revocar las sentencias relacionadas con las quejas presentadas contra Marcelo Luis Ebrard Casaubón. En estas quejas se alegaron supuestas infracciones en materia electoral, en relación con la próxima elección presidencial de 2024.
Las controversias surgieron cuando un ciudadano denunció a Marcelo Ebrard, entonces secretario de Relaciones Exteriores, por la realización de eventos diversos, celebrados, respectivamente, en Chihuahua, Michoacán y la Ciudad de México, en los que supuestamente lo habían posicionado frente al proceso electoral.
En estas quejas, el ciudadano argumentó que el denunciado había cometido actos anticipados de precampaña y campaña, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y también violentado el principio de imparcialidad.
La Sala Especializada, en su momento, determinó que no se habían cometido las infracciones señaladas en las quejas porque no se actualizaban la totalidad de elementos para su acreditación. Sin embargo, el denunciante no estuvo de acuerdo y acudió ante la Sala Superior.
El pleno, en sesión pública presencial, a propuesta de la magistrada Janine Otálora Malassis y del magistrado José Luis Vargas Valdez, con su ausencia justificada, determinó revocar las resoluciones impugnadas para que la Sala Especializada realice un estudio completo y exhaustivo del caso y, posteriormente, emita una nueva resolución en la que, a partir de una valoración integral y contextual, determine si se cometieron o no las infracciones denunciadas, en los términos señalados en cada ejecutoria. (SUP-REP-108/2023 y SUP-REP-229/2023).
Respecto al SUP-REP-108/2023, los plazos quedaron de la siguiente manera:
La Sala Especializada tendrá 72 horas para determinar la pertinencia de ordenar a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral (UTCE) la realización de las diligencias de investigación que sean indispensables.
En caso de que decida remitirlo nuevamente a dicha Unidad ésta contará con un plazo de 10 días naturales, para realizar las investigaciones correspondientes.
Realizado lo anterior, y una vez debidamente integrado el expediente, la Sala Especializada contará con cinco días naturales para emitir una nueva sentencia.
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