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Legal, el promocional del PAN sobre toma de tribunas en el Congreso de la Unión

20/agosto /2008 / Sala Superior 108/2008

México DF

• Palabra “violento” no denigra al PRD ni a sus militantes
• Se uso sólo contra legisladores perredistas
• Spot, parte del debate ideológico: González Oropeza

La Sala Superior del Tribunal Electoral dejó sin efecto la sanción impuesta al Partido Acción Nacional (PAN) por la emisión de un spot en el que califica de “violentos” a los legisladores del Partido de la Revolución Democrática (PRD) que tomaron las tribunas del Congreso de la Unión, con motivo de la reforma energética.

El pleno de los magistrados determinó que el promocional no denigra al PRD, ya que su contenido debe ser analizado y ponderado dentro del contexto en el cual se emitió, es decir, en el que dos partidos políticos, en igualdad de circunstancias, defendieron sus posiciones conforme a lo que cada uno consideró correcto en su momento.

El magistrado Manuel González Oropeza dejó sentado en el proyecto de resolución presentado a la Sala que el promocional debe de ser valorado como un elemento más del debate ideológico.

Asimismo, puntualizó que la palabra “violento” utilizada en el promocional no denigra al PRD ni a sus militantes, ya que no se generaliza a todos los miembros del partido, sino que se aplica sólo a un grupo de legisladores.

El PRD denunció al PAN ante el Instituto Federal Electoral por la emisión del promocional relativo a la toma de tribunas, autoridad que ordenó la suspensión inmediata del mismo.

Acción Nacional se quejó ante el Tribunal Electoral, cuya Sala Superior resolvió el 4 de junio pasado revocar el acuerdo del IFE y regresarle el expediente para que regularizara el procedimiento como “especial sancionador”.

El 11 de junio, el CGIFE determinó que el spot panista era contrario a la normatividad electoral, por lo que le impuso una multa de 8.181.8 días de Salarios Mínimos, equivalente a 430,283.00 pesos, además de ordenar al partido cesar en definitiva la trasmisión del promocional.

Nuevamente, el PAN acudió al Tribunal Electoral alegando, entre otros aspectos, de la presunta violación a su derecho a la libertad de expresión, lo cual fue declarado fundado.

Sobre el mismo asunto, el PRD presentó una denuncia con relación a presuntas violaciones procedimentales y formales, agravios que fueron desestimados y declarados inoperantes, dado el sentido de la resolución.

El caso dio pie a un debate en el que los magistrados coincidieron en que la libertad de expresión es un elemento fundamental de toda sociedad democrática.