La Sala Superior ordena que la elección de sistemas normativos indígenas, en San Miguel Tequixtepec, Coixtlahuaca, Oaxaca, se analice desde una perspectiva intercultural
27/julio /2023 / Sala Superior 322/2023
Ciudad de México
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó, por unanimidad de votos, una sentencia de la Sala Regional Xalapa, a fin de que esta obtenga los elementos necesarios para determinar el sistema normativo que rige a la comunidad de San Miguel Tequixtepec, Coixtlahuaca, Oaxaca, y una vez que cuente con ellos, emita otra resolución respecto a la validez de su elección de concejalías.
La controversia se inició a raíz de que el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca confirmó la validez de la elección de concejalías en el municipio indígena de San Miguel Tequixtepec. En esta elección, el ayuntamiento no permitió que las personas que integran las agencias del municipio fueran votadas para una concejalía, según su sistema normativo interno.
Sin embargo, la Sala Xalapa revocó esa decisión y la declaratoria de validez hecha previamente por el Instituto Electoral local. De entre otras cuestiones, la Sala consideró que restringir el derecho de las personas que integran las agencias del municipio a ser votadas vulneró principios como la universalidad del sufragio y la progresividad de los derechos, ya que un dictamen emitido por el Instituto local indicaba que en 2018 estas personas tuvieron derecho a ser candidatas a los mismos cargos.
En respuesta a esto, integrantes de la comunidad acudieron a la Sala Superior argumentando que la Sala responsable no juzgó con una perspectiva intercultural y pasó por alto el sistema normativo indígena, debido a que, conforme a sus usos y costumbres, nunca se ha permitido que las personas de las agencias municipales sean votadas en la elección de concejalías.
El pleno, en sesión pública presencial, a propuesta del magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón, y con la ausencia justificada de las magistradas Janine Otálora Malassis y Mónica Aralí Soto Fregoso, así como de los magistrados Felipe de la Mata Pizaña y José Luis Vargas Valdez, y la asistencia de la magistrada decana de las salas regionales del TEPJF, Gabriela Villafuerte Coello, consideró que la Sala responsable no tuvo suficientes elementos de convicción y no hizo un análisis intercultural adecuado de la situación. Como resultado, se revocó la sentencia impugnada para que la Sala Xalapa obtenga los elementos necesarios para determinar adecuadamente el sistema normativo que rige a la comunidad y a partir de ello emita una nueva resolución (SUP-JRC-47/2023 y acumulado).
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