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El TEPJF determina que el uso de la frase “ya sabes quién” hace referencia al presidente de la República

30/junio /2023 / Sala Superior 283/2023

Ciudad de México

 

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó, por mayoría de votos, la resolución de la Sala Regional Especializada por la que determinó que la frase “ya sabes quién”, utilizada en propaganda electoral durante el proceso para renovar la gubernatura del Estado de México, no se refiere exclusivamente a una persona.

La controversia surgió a partir de la queja que el Partido Revolucionario Institucional (PRI) presentó en contra del promocional de radio y televisión del partido político Morena, en el que se empleó la frase “ya sabes quién”. El PRI consideró que la frase denunciada está asociada al presidente de la República y, por lo tanto, la propaganda es contraria a los principios de legalidad, neutralidad y equidad en la contienda.

Al respecto, la Sala Especializada determinó que la frase señalada no cuenta con un significado único que conlleve, de manera absoluta e inexcusable, a referir al titular del Ejecutivo federal. El PRI se inconformó con esa determinación y acudió ante la Sala Superior del TEPJF.

El magistrado José Luis Vargas Valdez le propuso al pleno de la Sala Superior confirmar la determinación de la Sala Especializada. No obstante, la mayoría de las magistraturas estimó que resultaban fundados los motivos de disenso relativos a la falta de exhaustividad y congruencia, en razón de que la responsable no llevó a cabo un análisis histórico y contextual del uso de la frase denunciada “ya sabes quién”. La última pretensión de la parte actora era que se determinara que la referida frase tiene por objeto vincular la figura del presidente de la República con los actos proselitistas en los que se refiere.

En consecuencia, se ordenó que a la brevedad la Sala responsable emita una nueva resolución, en la que analice contextual e históricamente el uso de la frase "ya sabes quién", a efecto de analizar si se actualiza la infracción denunciada. (SUP-REP-44/2023).

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