El Tribunal Electoral ordena a la agrupación política nacional
“Frente por la Cuarta Transformación”, cambiar su denominación
para evitar confusión frente a la ciudadanía
21/junio /2023 / Sala Superior 264/2023
Ciudad de México
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), resolvió, por unanimidad de votos, que la agrupación política nacional “Frente por la Cuarta Transformación” debe modificar su denominación para evitar confusiones frente a la ciudadanía.
La controversia surgió cuando el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) otorgó el registro como agrupación política nacional a la asociación ciudadana “Frente por la Cuarta Transformación”. En contra de lo anterior, el partido político Morena presentó una demanda y argumentó que el nombre podría generar confusión al ser la “Cuarta Transformación” su principal ideología.
En sesión pública presencial, a propuesta de la magistrada Janine Otálora Malassis, con la ausencia justificada de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso, el pleno de la Sala Superior le dio parcialmente la razón a Morena, en cuanto señala que el Consejo General del INE no fue exhaustivo en el análisis sobre la denominación de la agrupación política nacional “Frente por la Cuarta Transformación” y que, al autorizarla, omitió verificar suficientemente que se generaba una confusión con el partido político Morena.
Al respecto, esta Sala Superior recordó que la expresión “Cuarta Transformación” corresponde al dominio público, de libre expresión y que además se usa indistintamente por la ciudadanía y población en general, para referirse a un movimiento e ideología social; sin embargo, dada su ambigüedad genera incertidumbre sobre si la agrupación política nacional tiene o no relación directa o indirecta con los partidos o gobiernos que utilizan tal expresión, por lo que no puede emplearse como un signo diferenciado de identidad propio o individualizado frente a la ciudadanía.
Aunado a ello, si bien, la sola referencia a la “Cuarta Transformación” no genera identidad propia y diferenciada, para esta controversia, lo cierto es que constituye el principal postulado ideológico que ha instituido el citado partido político, lo que podría generar confusión frente a la ciudadanía.
Por tal razón, se revocó la aprobación del nombre y se pidió a la agrupación elegir uno nuevo que cumpla con la normativa aplicable (SUP-RAP-98/2023).
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