SALA GUADALAJARA REVOCA SENTENCIA DEL TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE SONORA
24/julio /2014 / Sala Regional Guadalajara 36/2014
Guadalajara, Jalisco
El tribunal sonorense, confirmó lo resuelto por la autoridad administrativa electoral relativo al expediente CEE/DAV-12/2014, en el que declaró improcedente la denuncia presentada por el partido político actor, en contra del Partido Acción Nacional (PAN) y otros, dentro del procedimiento especial sancionador antes señalado.
Por lo anterior, el Partido Revolucionario Institucional promovió el medio de impugnación ante la Sala Regional, en donde la y los Magistrados consideraron fundados los agravios del instituto político actor quien afirmó que se trata de una indebida motivación de la autoridad responsable porque de manera incorrecta confirmó que el destinatario de la propaganda denunciada no era el Partido Revolucionario Institucional y consecuentemente, no estaba legitimado para denunciar la supuesta denigración.
Por unanimidad de votos, el Pleno de la Sala Regional Guadalajara, revocó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral de Sonora y dejó sin efectos el acuerdo número 21 de fecha 29 de abril de este año del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana en Sonora, concediendo un plazo de cinco días al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana para que emita un nuevo acuerdo en donde realice un estudio de la denuncia relativa al expediente, resuelva lo que en derecho proceda e informe a la Sala Regional dentro de las veinticuatro horas siguientes a lo que haya realizado.
En sesión pública celebrada el veinticuatro de julio de 2014, la Sala Regional Guadalajara, resolvió dos juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y un juicio de revisión constitucional electoral.