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DESECHA SALA TOLUCA DEL TEPJF UNA DEMANDA PRESENTADA POR UN CIUDADANO MEDIANTE LA CUAL PLANTEÓ LA INCONSTITUCIONALIDAD DE DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES.

30/junio /2014 / Sala Regional Toluca 18/2014

Toluca de Lerdo, Edo. de Méx. a

Las magistradas y el magistrado que integran el pleno de la Sala Regional Toluca, resolvieron el asunto general identificado con el número de expediente ST-AG-11/2014, en el sentido de desechar el escrito que dio origen al mismo, mediante el cual se pretendía plantear la inconstitucionalidad de diversos artículos de la LEGIPE, relacionados con el tema de candidaturas independientes.

El proyecto de resolución fue aprobado por mayoría de votos, con la disidencia de la Magistrada Martha Martínez Guarneros, al considerar que la competencia para conocer del asunto debía ser determinada por la Sala Superior.

El pleno estimó que el actor, por una parte, no especificó el cargo de elección popular al cual pretendía acceder y, por otra, pretendía que la Sala Regional llevara a cabo un control abstracto de constitucionalidad, respecto de diversas disposiciones de la LEGIPE, lo cual está reservado únicamente para la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en términos de lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por tanto, la mayoría de los Magistrados que integran la Sala Regional Toluca, determinó que el escrito que dio origen al asunto general bajo estudio resultaba improcedente.