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LA SALA REGIONAL XALAPA CONFIRMA REGISTRO DE CANDIDATOS A SÍNDICO PROPIETARIO Y SUPLENTE DEL PRD EN LAS CHOAPAS, VERACRUZ

19/junio /2014 / Sala Regional Xalapa 26/2014

Xalapa de Enríquez, Veracruz

• Se confirma sentencia del TEEV sobre agentes municipales de la comunidad Plan Agrario de Mecayapan, Veracruz 

En sesión pública de resolución de 19 de junio de 2014, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al resolver el juicio ciudadano 156 del presente año, promovido por Adolfina Morales Mayo; revocó la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Veracruz (TEEV) que había desechado el juicio ciudadano 305, promovido por la ahora actora, por supuesta extemporaneidad.

En dicho juicio, la promovente pretendía impugnar el registro de los candidatos a síndico propietario y suplente, Javier Basáñez Silván y Adrián Basáñez Arreola, respectivamente, de las Choapas, Veracruz, al cuestionar su elegibilidad. Y dado que el tribunal local desechó su demanda, adujo que este perdió de vista que el tema de elegibilidad se trata de un acto sucesivo por lo que podía impugnar los registros en cualquier momento del proceso electoral.

Ante tal situación, los Magistrados Federales declararon fundado el agravio expresado por la promovente, respecto al incorrecto desechamiento del juicio ciudadano; ya que, contrario a lo que sostuvo la responsable, el acuerdo de registro supletorio emitido por el Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano sí ocasionó perjuicio a los derechos de la accionante, pues con independencia de que su pretensión era alcanzar una mejor posición en la plantilla postulada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), la base de ésta radicó en la exigencia del cumplimiento de normas de orden público vinculadas con la satisfacción de requisitos de elegibilidad de dos candidatos.

En ese sentido, si la aprobación de los registros supletorios se realizó el 13 de mayo último y la presentación de la demanda aconteció el 17 siguiente, era evidente que se realizó de forma oportuna. Por tanto, la Sala Xalapa revocó la sentencia del tribunal local, y en plenitud de jurisdicción, analizó los planteamientos hechos valer por la promovente en la instancia primigenia.

De esta manera, se llegó a la conclusión de que no le asistía la razón a la actora respecto de los argumentos de inelegibilidad que pesaban sobre los candidatos mencionados pues, en el caso de Adrián Basáñez Arreola, se advirtió que el cargo de Director Municipal del Deporte que ocupó hasta el 30 de enero del año en curso, no podía considerarse como de servidor público en ejercicio de autoridad.

Ello es así, porque aun y cuando dicha Comisión presta un servicio público municipal, no implica que de él se obtuviera automáticamente una ventaja, ya que sus funciones se limitan a fomentar y apoyar de manera integral el deporte. Además, las Comisiones no son órganos con autonomía en la toma de decisiones, pues éstas dependen directamente de las determinaciones del Cabildo del Ayuntamiento.

Misma consideración aconteció en el caso del candidato Javier Basáñez Silván ya que, con independencia de que actualmente es trabajador en activo de Petróleos Mexicanos (PEMEX) como auxiliar en topografía, sus funciones se encaminan a brindar un trabajo especializado en esa rama, con la función de describir o delinear terrenos para la perforación, como se advirtió en el reglamento para ese cargo.

Ante tales circunstancias, en ambos casos, las atribuciones con que cuentan dichos cargos, por si mismas no representaron una ventaja para influenciar en los electores, y en consecuencia, la Sala Regional Xalapa del TEPJF determinó confirmar el registro de Javier Basáñez Silván y Adrián Basáñez Arreola como candidatos del PRD a síndico propietario y suplente, para integrar el ayuntamiento de Las Choapas, Veracruz.


Sala Regional Xalapa confirma sentencia del TEEV sobre agentes municipales de la comunidad Plan Agrario de Mecayapan, Veracruz

Por otra parte, al resolver el juicio ciudadano 152, la Sala Regional Xalapa confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Veracruz (TEEV) que desechó los juicios ciudadanos locales acumulados 291 y 292, promovidos en contra de la elección extraordinaria de agentes municipales, de la comunidad Plan Agrario del municipio de Mecayapan, Veracruz.

Los magistrados determinaron sobreseer en el juicio por cuanto hacía a la pretensión de los candidatos Joel Ramírez López y Cayetano González Gutiérrez, ya que ellos presentaron su desistimiento de la demanda.

Así, al continuar con el estudio de los disensos hechos valer por los demás promoventes, la Sala Xalapa declaró la inoperancia de los conceptos de agravio, ya que si bien les asistía la razón a los actores por cuanto a que el tribunal responsable indebidamente había desechado el juicio ciudadano local, lo cierto era que el desistimiento de la demanda, presentado por los candidatos, trascendía hacia la inviabilidad de las pretensiones de los demás actores, ya que estaban intentando reparar la afectación que se había causado al derecho de acción del candidato Joel Ramírez López, quien por su desistimiento renunció a la continuación de la sustanciación del presente asunto.

En la sesión pública de resolución de este jueves, se analizaron y resolvieron cuatro juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.

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