Desecha Sala Monterrey queja de precandidata del PAN a la Alcaldía de San Pedro Garza García, Nuevo León
9 /abril /2009 / Sala Regional Monterrey 18/2009
Monterrey, Nuevo León
La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación desechó el juicio promovido por Álida Enriqueta del Carmen Bonifaz Sánchez en contra del acuerdo de la Comisión Nacional de Elecciones del Partido Acción Nacional (PAN), para emitir una nueva convocatoria para la elección del candidato a la Alcaldía de San Pedro Garza García, Nuevo León, en cumplimiento de una sentencia de este órgano jurisdiccional federal.
Entre los argumentos de su queja, Bonifaz Sánchez alegaba que no era legal la nueva elección, realizada el 1 de abril del presente año, porque las planillas de los otros dos precandidatos, Mauricio Fernández Garza y Guillermo Padilla Villarreal, contendieron con su integración original.
La magistrada presidenta Beatriz Eugenia Galindo Centeno, y los magistrados Georgina Reyes Escalera y Rubén Enrique Becerra Rojasvértiz desecharon la queja, pues el acto reclamado fue realizado en cumplimiento a una sentencia de la Sala Monterrey, la cual, de acuerdo a la Constitución, es definitiva e inatacable.
El pleno también determinó que las planillas de Fernández Garza y Padilla Villarreal no fueron afectadas con la sentencia que emitió esta Sala el 28 de marzo, en la que invalidó los actos posteriores a un acuerdo realizado el 4 de marzo, pues éstas fueron integradas en fecha anterior.
El magistrado ponente Rubén Enrique Becerra Rojasvértiz advirtió que, en su inconformidad, Bonifaz Sánchez partió de una premisa falsa y de una indebida interpretación de la sentencia, además la inconforme cuestionó, de manera indirecta, un fallo de este órgano jurisdiccional federal.
En otro asunto, los magistrados también desecharon la inconformidad interpuesta por Francisco Alejandro Lara Rodríguez, María Lourdes Magallanes Ascencio, Ismael Flores Rodríguez, Juan Francisco Javier Mendoza Pérez y J. Alfredo Arias Velázquez en contra de la convocatoria emitida por el Comité Directivo Estatal del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en Guanajuato para la elección de Presidentes Municipales.
Los magistrados determinaron inexistentes los actos impugnados porque la Comisión Estatal de Justicia Partidaria ya resolvió las quejas de los inconformes y les notificó sus resoluciones al respecto.
El magistrado Becerra Rojasvértiz, en su momento, conminó a los partidos a estar atentos para que sus militantes inconformes agoten las instancias intrapartidistas antes de acudir a este órgano jurisdiccional federal, y a que sean sensibles y pongan atención para que sus sistemas impugnativos sean sencillos y congruentes.
Asimismo, luego de desechar el juicio interpuesto por Martín Abraham Alanís Villalón en contra de la falta de resolución de la Comisión Nacional de Elecciones del PAN, de una queja por la elección de candidatos del Municipio de Santiago, Nuevo León, la magistrada Beatriz Eugenia Galindo Centeno señaló que este órgano panista ha tenido una actitud omisiva y evasiva a las peticiones que se le formulan, además advirtió una falta de respeto a la autoridad electoral, por lo que propuso abrir un incidente para determinar una sanción, lo cual fue avalado por el pleno.
En la sesión pública de este jueves, la Sala Monterrey resolvió 26 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y un recurso de apelación.
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