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Ordena Sala Xalapa al IFE expedir credenciales para votar en Yucatán, Oaxaca y Tabasco

3 /abril /2009 / Sala Regional Xalapa 9/2009

Xalapa, Ver.

• Garantiza a los ciudadanos el derecho a ejercer el voto en las próximas elecciones

La Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó las resoluciones de las direcciones ejecutivas del Registro Federal de Electores del Instituto Federal Electoral (IFE), que negaron la expedición de credenciales para votar con fotografía a los ciudadanos Braulio Rubén Rubio Pech, en Yucatán; Ana Zavaleta Luria, Crescencia Felisitas Ortega y Rafael Solano Velásquez, en Oaxaca; y María del Carmen Ruiz Montejo, en Tabasco.

Tanto la tercera Junta Distrital Ejecutiva del IFE en Yucatán, como la octava en Oaxaca, negaron la expedición de la credencial para votar a los ciudadanos Rubio Pech y Zavaleta Luria, respectivamente, argumentando que dichos ciudadanos se encontraban suspendidos de sus derechos político-electorales y, en consecuencia, habían sido dados de baja del padrón electoral.

Sin embargo, en los proyectos de sentencia se concluyó que ambos ciudadanos, a la fecha en que iniciaron sus trámites respectivos, no se encontraban bajo dicha suspensión de derechos, por lo que no existía impedimento para expedir y entregar sus credenciales.

En cuanto a Crescencia Felisitas Ortega, la novena Junta Distrital en Oaxaca, le negó la expedición de su credencial por solicitarla de manera extemporánea; sin embargo, en el proyecto de sentencia se consideró injustificada dicha negativa.

A su vez, a los ciudadanos Rafael Solano Velásquez y María del Carmen Ruiz Montejo, la citada Junta Distrital en Oaxaca y la cuarta en Tabasco, respectivamente, les negaron sus credenciales por estar bajo un proceso penal; no obstante, en el estudio se observó que sus penas ya habían sido exculpadas, por lo que gozaban plenamente de sus derechos político-electorales para obtener la identificación oficial.

Así pues, en todos los casos se ordenó a las juntas distritales incorporar en el Padrón Electoral a los quejosos, expedir y entregar las respectivas credenciales para votar; así como verificar que se encuentren incluidos en la lista nominal de electores correspondiente a su domicilio.

Los proyectos fueron aprobados por unanimidad de votos de las magistradas de la Sala Xalapa, Claudia Pastor Badilla, Presidente; Yolli García Alvarez y Judith Yolanda Muñoz Tagle.

En otro medio de impugnación, se ordenó al cuarto Consejo Distrital en el estado de Veracruz, remitir a la Secretaría Ejecutiva del IFE las constancias correspondientes a la denuncia presentada por Alejandro Mora Benítez en contra de Salvador Manzur Díaz, por la supuesta utilización de recursos públicos para promocionar su imagen en busca de una candidatura a la diputación federal y por actos anticipados de campaña; al considerarse que sean los órganos centrales del instituto quienes resuelvan la queja atinente.

Dicho proyecto también fue aprobado por unanimidad de votos.

Por otro lado, se revocaron las resoluciones dictadas por el Consejo Local del IFE en el estado de Tabasco, que confirmaron diversas amonestaciones impuestas a nivel distrital al Partido Acción Nacional (PAN) y la prohibición para difundir un díptico

El partido político adujo, como uno de los agravios, la incorrecta contextualización que hizo el Consejo responsable de la frase “Si pierde el gobierno, perdemos los mexicanos”, contenida en un díptico distribuido en distintos distritos de dicha entidad.

En el proyecto se consideró que el IFE no expuso las razones para estimar dicha frase como parte central del documento y consideró, erróneamente, que los lectores sólo captarían dicho enunciado y lo interpretarían como una petición de voto al PAN, por lo cual la impugnación se declaró fundada, ya que el organismo electoral analizó la frase de forma aislada al contexto del díptico, sin atender el resto de la información impresa.

En la sesión pública de este viernes la Sala Xalapa resolvió 12 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y 11 recursos de apelación, mismos que hicieron un total de 23 medios de impugnación.



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