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CONFIRMA TEPJF LEGALIDAD DE REVISIÓN DE GASTOS DE CAMPAÑA EN TABASCO

9 /octubre /2013 / Sala Superior 162/2013

México, D.F.

• Ordena la Sala Superior a órgano interno del PRD resolver queja contra integración de lista de consejeros nacionales

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la validez de la revisión de los informes sobre el origen, monto y destino de los recursos para las campañas electorales de gobernador, diputados locales, presidentes municipales y regidores de los ayuntamientos del estado de Tabasco, correspondientes al proceso electoral ordinario 2011-2012.

Por unanimidad, los magistrados avalaron el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia del magistrado presidente José Alejandro Luna Ramos, en el que se propuso confirmar el veredicto del Tribunal Electoral de Tabasco (TET), que en su momento respaldó la legalidad de las decisiones emitidas por el Consejo Estatal del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana local.

El Pleno estimó infundados los agravios presentados por Martín Darío Cázarez Vázquez, en representación del Partido Revolucionario Institucional (PRI), quien impugnó la sentencia del Tribunal local, bajo el argumento de que la autoridad administrativa electoral no razonó si algunos de los partidos políticos que fueron fiscalizados, así como las coaliciones que participaron en el proceso electivo, excedieron el tope de gastos de campaña.

También se desestimó el señalamiento de que no existió una verificación para corroborar si los partidos fiscalizados recibieron aportaciones en especie de personas no facultadas para ello. La sentencia establece que dichos estudios sí se llevaron a cabo.

PRD deberá atender denuncia contra integración de lista de consejeros nacionales
En otro asunto, la Sala Superior ordenó a la Comisión Nacional de Garantías del Partido de la Revolución Democrática (PRD) que resuelva la queja presentada por Cristina Leticia Arvizu Reina, candidata a consejera nacional del sol azteca por la planilla 300, en la acción afirmativa de joven, quien se inconformó porque no la incluyeron en la lista definitiva de candidatos al cargo, a pesar de que acreditó cumplir los requisitos establecidos en la convocatoria.

La y los magistrados coincidieron con el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia del magistrado Constancio Carrasco Daza, en el que se acreditó la omisión de la referida Comisión para privilegiar el derecho de acceso a una tutela judicial efectiva de sus militantes.

Por lo anterior, establecieron un plazo de 48 horas para que ese órgano interno admita la queja, emita la resolución que en derecho proceda, e informe lo resuelto a la interesada.

Se revoca resolución de la Comisión de Orden del PAN por depuración del padrón
El Pleno de la Sala Superior revocó parcialmente la resolución emitida por la Comisión de Orden del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional (PAN), relacionado con la baja, por depuración, realizada por la Dirección del Registro Nacional de Miembros del Comité Ejecutivo Nacional de dicho partido, de conformidad con el "Programa específico reglamentario, proceso de actualización, refrendo y depuración del padrón de adherentes y miembros activos”.

Al resolver un recurso de impugnación presentado por Salvador Puente Ramírez, miembro activo del PAN, en contra de la resolución por la que se desechó su recurso de reclamación, los integrantes del Pleno respaldaron el proyecto elaborado por la ponencia del magistrado Flavio Galván Rivera y acordaron remitir el expediente a la Comisión de Vigilancia del Registro Nacional de Miembros del blanquiazul para que emita la resolución que en derecho corresponda.

Durante la sesión pública se analizaron y resolvieron 8 juicios para la protección de los derechos político-electorales, 1 juicio de revisión constitucional electoral, 1 recurso de apelación y 4 recursos de reconsideración, lo que hace un total de 14 medios de impugnación. Además se aprobó una jurisprudencia y 5 de tesis.