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Invalida Sala Monterrey elección de candidato del PAN a la Alcaldía de San Pedro Garza García, Nuevo León

28/marzo /2009 / Sala Regional Monterrey 13/2009

Monterrey, N. L.

• Dan magistrados un plazo de 24 horas para que los órganos panistas adopten las medidas necesarias para reponer el proceso interno y elegir a su aspirante al Ayuntamiento referido

Tras declarar fundada la queja interpuesta por Álida Enriqueta del Carmen Bonifaz Sánchez, la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó, por unanimidad, el acuerdo de la Comisión Electoral Estatal del Partido Acción Nacional (PAN) de Nuevo León, en el que modificó la integración de las planillas de dos precandidatos para la Alcaldía del Municipio de San Pedro Garza García.

Con esta sentencia quedan sin efecto todos los actos realizados por el partido posteriores a este acuerdo del 4 de marzo, entre los cuales se encuentra la elección del candidato, realizada el 15 del mismo mes, en la cual resultó electo Mauricio Fernández Garza.

Bonifaz Sánchez se inconformó contra el acuerdo del órgano panista de permitir modificaciones en las planillas de Fernández Garza y de Guillermo Padilla Villarreal después del plazo establecido en la normatividad interna, lo cual, según la sentencia de esta Sala Regional, vulneró el principio de equidad en perjuicio de la inconforme, al dar un trato diferenciado a los aspirantes.

Ante esto, la magistrada presidenta Beatriz Eugenia Galindo Centeno, y los magistrados Georgina Reyes Escalera y Rubén Enrique Becerra Rojasvértiz ordenaron a la Comisión Nacional de Elecciones y a la Comisión Electoral Estatal del PAN adoptar las medidas conducentes para el desarrollo de la elección del candidato a la Alcaldía de San Pedro.

Estos órganos intrapartidistas deberán informar por escrito, en un plazo de 24 horas, las medidas adoptadas para el cumplimiento de la sentencia, pues de no hacerlo se les sancionará de acuerdo con lo previsto en la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Al dictar otra sentencia, la Sala Monterrey ordenó a la Vocalía del 04 Distrito Electoral del Registro Federal de Electores del Instituto Federal Electoral (IFE), con sede en Querétaro, entregar a Jorge Luis Cruz López, en un plazo máximo de 10 días, su credencial para votar, la cual le habían negado el 19 de febrero del presente año, además de incluirlo en la lista nominal de electores.



El pleno advirtió que si bien Cruz López enfrentó un juicio penal que le privaba de sus derechos políticos electorales, éste feneció el 30 de mayo de 2003 cuando concluyó el proceso, pero las autoridades penales nunca notificaron al IFE la conclusión del mismo, por lo que el órgano electoral negó el documento oficial por no contar con información actualizada.

En otro asunto, la Sala Regional desechó, por extemporáneo, el juicio que interpuso Jesús María Elizondo González en contra de la Comisión Electoral Estatal del PAN en Nuevo León, por aceptar a Laura Paula López Sánchez como precandidata para Diputada Federal por el VIII Distrito con sede en el municipio de Guadalupe.

Elizondo González contaba con cuatro días posteriores al 28 de enero, fecha en que el PAN aceptó la precandidatura de López Sánchez, pero presentó su inconformidad ante este órgano jurisdiccional hasta el 23 de marzo, lo que la hace improcedente.

En la sesión pública de este sábado, la Sala Monterrey resolvió siete juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.

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