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ORDENA LA SALA REGIONAL GUADALAJARA AL PAN EN SINALOA, EMITIR CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE COMITÉ DIRECTIVO MUNICIPAL DE SALVADOR ALVARADO

12/noviembre /2013 / Sala Regional Guadalajara 54/2013

Guadalajara, Jalisco

La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó el acuerdo emitido por el Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en Sinaloa respecto a la designación de una delegación municipal en Salvador Alvarado. (SG-JDC-187/2013)

Por unanimidad, la magistrada y los magistrados integrantes del Pleno de la Sala Regional, calificaron de fundados los agravios, toda vez que la legislación interna del partido político determina que las delegaciones municipales tendrán una duración máxima de un año y por causa justificada podrán prorrogarse seis meses más, no obstante en el caso, la primera designación se hizo en noviembre de 2011.

El magistrado ponente Eugenio Isidro Gerardo Partida Sánchez, puntualizó que la naturaleza de las delegaciones municipales es temporal y sólo actúan en situaciones extraordinarias, y que con la designación de una tercera delegación consecutiva, se impide a los militantes sistemáticamente el derecho de participación en la integración de los órganos directivos, lo cual es inadmisible en el Sistema Constitucional Mexicano.

En consecuencia, se otorgó el plazo de 10 días naturales para que Comité Directivo Estatal del PAN en Sinaloa emita la convocatoria a la Asamblea Municipal en Salvador Alvarado, y 30 días naturales más para realizar la elección del Comité Directivo en el referido municipio.

La Sala Regional Guadalajara, en la sesión pública del 12 de noviembre de 2013, resolvió un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y un juicio de revisión constitucional electoral.