CONFIRMA LA SALA REGIONAL GUADALAJARA DESECHAMIENTOS DECRETADOS POR LOS TRIBUNALES DE SINALOA Y BAJA CALIFORNIA
16/octubre /2013 / Sala Regional Guadalajara 48/2013
Guadalajara, Jalisco
En el primer asunto, relacionado con la elegibilidad del candidato electo como regidor por el principio de mayoría relativa en Guasave, Sinaloa, se razonó que, para que sea procedente el juicio revisión de Sinaloa, cuando lo presenta un ciudadano, es indispensable que éste se va afectado directamente en su esfera de derechos político-electorales, lo que en el caso no ocurrió.
En el proyecto elaborado por la ponencia de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso se precisó que el actor no expresó la violación de alguno de sus derechos sustanciales ni la necesidad de la reparación de ese daño, además de que, en un ejercicio hipotético, de declarar la inelegibilidad del candidato electo, en nada repercutiría en los derechos político-electorales del actor.
En el segundo asunto, la magistrada ponente y los magistrados, determinaron de igual manera, confirmar el desechamiento, pues la legislación de Baja California establece que el único legitimado para impugnar actos relacionados con el procedimiento de revisión y fiscalización de los informes financieros anuales es el partido político a través de sus representantes, por lo que se concluyó que el ciudadano actor carece de interés.
La Sala Regional Guadalajara, en la sesión pública del 16 de octubre de 2013, resolvió dos juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.