header

CONFIRMA LA SALA REGIONAL LA ASIGNACIÓN DE DIPUTADOS DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL Y PRIMERA MINORÍA EN BAJA CALIFORNIA

19/septiembre/2013 / Sala Regional Guadalajara 42/2013

Guadalajara, Jalisco

Al resolver el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano SG-JDC-179/2013, la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dejó firme el acuerdo del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Baja California, por el que realizó la asignación de diputados por los principios de representación proporcional y de primera minoría.


En el presente asunto, el candidato propietario a diputado de representación proporcional en el segundo lugar de la lista que postuló la coalición Alianza, Unidos por Baja California, solicitó la inaplicación de diversas fracciones del artículo 30 de la ley estatal, a fin de que no fueran tomados en cuenta los candidatos de primera minoría para la asignación de diputados.

En el proyecto elaborado por la ponencia de la Magistrado Eugenio Isidro Gerardo Partida Sánchez, se razonó que el sistema electoral mexicano, de acuerdo a la Constitución, debe ser mixto al integrar las legislaturas con diputados de mayoría relativa y representación proporcional, sin embargo, los estados no están obligados a introducir reglas específicas en el principio de representación proporcional.

En esa tesitura, ese principio pretende la distribución de curules en forma directamente proporcional al número de votos obtenidos, por lo que, el hecho de que el sistema de Baja California, beneficie a la candidatura que aportó el mayor respaldo de votantes entre los candidatos no ganadores, no contraviene precepto constitucional alguno, porque tal votación influyó de manera importante en la asignación de curules de representación proporcional al partido político.

La Sala Regional Guadalajara, en la sesión pública del 19 de septiembre de 2013, resolvió un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.