EL TRIBUNAL ELECTORAL CONFIRMA LAS MULTAS IMPUESTAS AL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA POR LAS TOMAS DE LA TRIBUNA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS Y EL BLOQUEO DEL PASEO DE LA REFORMA.
8 /enero /2009 / Sala Superior 1/2009
México D.F.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó ratificar las sanciones que el Consejo General del Instituto Federal Electoral (CGIFE) impuso al Partido de la Revolución Democrática (PRD) por las tomas de la tribuna del Congreso de la Unión y el bloqueo de la avenida Paseo de la Reforma durante 2006. Las tres sanciones representan un monto de 39 millones 500 mil pesos.
En el proyecto de sentencia, el magistrado Pedro Esteban Penagos López consideró que las conductas desarrolladas por el PRD no se dirigieron a afectar cualquier órgano de gobierno, sino que se trató de instituciones de primer orden, pues se pretendió afectar dos de los poderes que sustentan el sistema jurídico y político del Estado mexicano, que son el Legislativo y el Ejecutivo. En su intervención, añadió que el PRD “incumplió, como lo establece la norma, con su obligación de abstenerse de realizar cualquier acto que tenga por objeto impedir el normal funcionamiento de las instituciones de gobierno, como la rendición de cuentas por parte del Ejecutivo y la culminación del proceso democrático -como lo es la toma de protesta del presidente electo-, así como el ejercicio de derechos ciudadanos como el libre tránsito y el ejercicio de la profesión o trabajo de cada ciudadano.”
El caso se inició en septiembre del 2007, cuando el PAN denunció ante el CGIFE las acciones llevadas a cabo por el PRD después de las elecciones presidenciales del año anterior; en ese entonces, la autoridad electoral resolvió sancionar a este partido por una cantidad global de 57 millones de pesos, por lo cual el partido apeló las multas impuestas ante la Sala Superior de este organismo jurisdiccional.
El 7 de noviembre del año pasado, la Sala Superior del Tribunal Electoral resolvió que el PRD debía ser sancionado; sin embargo, ordenó a la autoridad electoral individualizar las sanciones correspondientes a cada infracción, por tratarse de conductas diferentes.
Días después, el 19 de noviembre de 2008, atendiendo la resolución del Tribunal Electoral, el CGIFE ratificó las sanciones impuestas estableciendo una nueva individualización, quedando cada una de las multas de la siguiente manera: una multa de 22 millones de pesos por los actos tendientes a impedir la toma de posesión del entonces presidente electo Felipe Calderón Hinojosa el 1º de diciembre del año 2006; una multa de 10 millones de pesos por impedir la rendición del 6º Informe de Gobierno del entonces presidente Vicente Fox, y una multa de 7 millones 500 mil pesos por imponer un bloqueo en la Avenida Paseo de la Reforma durante 45 días, impidiendo el libre tránsito de los ciudadanos en esa arteria de la ciudad.
Los diferentes montos de las multas obedecen a la gravedad de las faltas. Por una parte, se sancionaron las faltas dirigidas a las instituciones del Estado mexicano; por otra parte, la que agravió a la ciudadanía.
Al hacer uso de la palabra, el magistrado Salvador Olimpo Nava Gomar aclaró que aunque dos de las faltas se consideraron de gravedad especial, la diferencia en el monto de la multa se debe a las distintas circunstancias de cada una, y en ello radica la importancia de la individualización de las sanciones impuestas por la autoridad electoral al PRD.
En su oportunidad, el magistrado José Alejandro Luna Ramos agregó que la Sala Superior no resolvió sobre las consideraciones de la autoridad administrativa electoral para catalogar cada falta, sino sobre la legalidad de las sanciones, por lo cual se manifestó a favor del proyecto.
En su intervención, el magistrado Constancio Carrasco Daza recordó que el PRD incumplió con el artículo 38 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, que sostiene como una obligación de los partidos políticos “Abstenerse de recurrir a la violencia y a cualquier acto que tenga por objeto o resultado alterar el orden público, perturbar el goce de las garantías o impedir el funcionamiento regular de los órganos de gobierno.”
La magistrada María del Carmen Alanis Figueroa, presidenta de la Sala Superior del Tribunal Electoral, señaló que la autoridad responsable, el CGIFE, cumplió a cabalidad lo ordenado en la sentencia emitida previamente por esta Sala Superior, específicamente lo relativo a la individualización de la sanción al PRD.
Agregó que el IFE sancionó los acuerdos de ese partido para impedir los actos señalados ante el legislativo y el apoyo de dicho partido político en los campamentos instalados en avenida de la Reforma, tomando en cuenta el momento, situación jurídica y política en que se desplegaron las conductas infractoras. Asimismo, aclaró que las multas se calcularon con base al financiamiento del 2008, pero que serán descontadas de las ministraciones del presente ejercicio fiscal (2009).
ACTO SANCIONADO |
CLASIFICACIÓN DE FALTA |
MONTO EN PESOS |
Impedir el Sexto Informe de Gobierno del entonces presidente Vicente Fox. |
Gravedad especial |
10 millones |
Impedir la toma de protesta del ciudadano Felipe Calderón Hinojosa como Presidente de los Estados Unidos Mexica-nos. |
Gravedad mayor |
22 millones |
Plantón de 45 días en la Avenida Paseo de la Reforma |
Gravedad especial |
7 millones 500 mil |
Al analizar otro asunto, referente al recurso de apelación promovido por la señora Marta Sahagún de Fox y el señor Vicente Fox Quesada en relación a la publicación de un desplegado en un diario de circulación local, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió desechar el recurso en tanto el Instituto Electoral de Guanajuato se pronuncie sobre el aspecto competencial.
En otro caso, la Sala Superior del Tribunal Electoral revocó un acuerdo del secretario del CGIFE -del 3 de diciembre-, mediante el cual desechó una demanda presentada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) en contra del presidente municipal de Cárdenas, Tabasco, por la presunta promoción indebida de su imagen como servidor público, y le ordenó dictar uno nuevo.
En la sesión de este día, la Sala Superior resolvió tres recursos de apelación.