CONFIRMA SALA GUADALAJARA, ELECCIÓN DE MUNÍCIPES EN DURANGO Y GÓMEZ PALACIO
20/agosto /2013 / Sala Regional Guadalajara 36/2013
Guadalajara, Jalisco
Con relación al municipio de Gómez Palacio, el actor, Partido Acción Nacional, controvirtió, por un lado, cuestiones de nulidad de votación en casillas y, por otro, que el tribunal local dejó de valorar las pruebas presentadas para acreditar la existencia de violencia generalizada sobre los electores.
En el proyecto del juicio de revisión constitucional electoral 65/2013, elaborado por la ponencia del magistrado José Antonio Abel Aguilar Sánchez, se concluyó que, en el primer punto, el partido omitió particularizar los hechos que sucedieron en cada una de las casillas, así como la causal de nulidad que se actualizaba, lo cual es requisito para atender su petición.
En el segundo punto, en el proyecto se hizo una relación de las irregularidades demostradas, concluyendo que se trataban de incidencias menores que no resultaban determinantes para anular la elección, y por tanto, que fue correcto el actuar del Tribunal local.
Por su parte, la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso fue la ponente en el juicio ciudadano 169/2013 y acumulados, asuntos relacionados con la elección del municipio de Durango, en los que se determinó confirmar lo resuelto por tribunal estatal y por consiguiente, no decretar la inaplicación de la fracción I del párrafo 2 del artículo 283 de la Ley Electoral para el Estado, solicitada por los actores.
En otros asuntos, las elecciones de los municipios de Nombre de Dios, Pueblo Nuevo, Nuevo Ideal, San Luis del Cordero, Ocampo, Mezquital y Poanas, todos del Estado de Durango, quedaron firmes.
En la sesión pública del 20 de agosto de 2013, la Sala Regional Guadalajara resolvió dos juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y once juicios de revisión constitucional electoral.