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LA SALA REGIONAL GUADALAJARA RESUELVE DIVERSOS JUICIOS CIUDADANOS DE LOS ESTADOS DE DURANGO, NAYARIT Y SINALOA

4 /enero /2017 / Sala Regional Guadalajara 1/2017

Guadalajara, Jalisco.

 Respecto del juicio ciudadano 363 de 2016, en el que se combate la resolución emitida por la Sala Constitucional Electoral del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Nayarit de 17 de noviembre pasado, quienes integran el Pleno de esta Sala, resolvieron levantar el sobreseimiento controvertido y revocar la resolución impugnada. Lo anterior, toda vez que del análisis al expediente relativo al presente asunto, se advierte que los promoventes sí firmaron la demanda de origen, además que se acreditó que la violación a su garantía de audiencia en el proceso de separación como militantes del Partido Acción Nacional.

 Dentro de los juicios ciudadanos 367 a 371 de 2016, relativos a la elección de las Juntas Municipales de Villa Juárez, Villa de León Guzmán, Villa Nazareno, Villa Juan E. García y Villa de la Loma, en el estado de Durango, la magistrada y los magistrados de la Sala Regional Guadalajara resolvieron revocar las resoluciones emitidas por el Tribunal Electoral local, en las que se revocaron los actos inherentes a dichas elecciones. Lo anterior, debido a que el hecho de que se estableció y utilizó un modelo de control distinto al del listado nominal, previsto en la convocatoria, por lo que el principio de certeza no se violentó toda vez que se siguieron las reglas previamente establecidas, y en consecuencia, se revocaron las resoluciones del Tribunal Electoral del Estado de Durango y se confirmó la validez de los actos y los resultados de las elecciones referidas.  

 

Con relación al juicio ciudadano 372 de 2016, promovido en contra de la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa de 17 de diciembre pasado, los integrantes de esta Sala resolvieron confirmar la sentencia de cuenta puesto que contrario a lo aducido por el promovente, la autoridad responsable sí interpretó correctamente el artículo 19 del Reglamento para la Constitución de Partidos Políticos Estatales de Sinaloa, en el que se establecen los requisitos para constituirse como partido político local, entre otros, el de contar con el 0.26% del padrón electoral de la entidad.

 

 

En la primera sesión pública de esta Sala Regional Guadalajara del TEPJF, se resolvieron 7 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.

 

Las resoluciones de la Sala Regional Guadalajara pueden consultarse en el portal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación www.te.gob.mx

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