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SALA REGIONAL XALAPA ORDENA EL CUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA EN LA QUE SE RESTITUYÓ A IRENE BEATRIZ BALAM CHAN EN EL CARGO DE SÍNDICA MUNICIPAL DE HUNUCMÁ, YUCATÁN

4 /enero /2017 / Sala Regional Xalapa 1/2017

Xalapa - Enríquez, Veracruz

  • Confirma multa a integrantes del ayuntamiento de Tepelmeme Villa de Morelos, Oaxaca.

En la sesión pública de resolución de 4 de enero del presente año, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió dos incidentes sobre el cumplimiento de la sentencia dictada en el juicio ciudadano 782/2016, uno con motivo del informe rendido por el presidente municipal del ayuntamiento de Hunucmá, Yucatán, y el otro, por el escrito presentado por Irene Beatriz Balam Chan en el que se manifestó el incumplimiento a la sentencia dictada por esta Sala Regional el 16 de diciembre de 2016.

Tras el análisis del informe rendido por la autoridad municipal y lo manifestado por Balam Chan, los magistrados federales determinaron que no se dio cumplimiento a la sentencia dictada por esta Sala Regional el pasado 16 de diciembre, en la cual se revocó el acuerdo del cabildo que separó del cargo de síndica municipal a la actora, con la consecuencia inmediata de restablecerla en sus funciones y en el goce de sus emolumentos.

Lo anterior, en virtud de que en dicho informe se precisó que el pasado 30 de diciembre se convocó al Cabildo Municipal con el propósito de dar cumplimiento a la sentencia, pero en el desahogo del punto del orden del día relativo al pago de los emolumentos adeudados a la actora, la sesión fue suspendida indefinidamente con el fin de recabar un informe del tesorero municipal sobre la situación financiera del ayuntamiento; ello, sin haber reinstalado en sus funciones a la incidentista.

Dado lo anterior, los magistrados federales determinaron que persiste el incumplimiento, por lo que hicieron efectivo el apercibimiento decretado en la resolución del 23 de diciembre pasado y conminaron de nueva cuenta a los integrantes del ayuntamiento para que, de manera inmediata, reinstalen en su encargo a Irene Beatriz Balam Chan, apercibiéndolos con una multa mayor en caso de desacato.


Sala Regional Xalapa confirma multa a integrantes del ayuntamiento de Tepelmeme Villa de Morelos, Oaxaca.

Al resolver el juicio electoral 61 de este año, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó el acuerdo de veinticuatro de noviembre de dos mil dieciséis, emitido por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, en el expediente JDC/243/2013 y su acumulado, por el que determinó imponer una multa en forma personal e individual a Raúl Mendoza Villegas, y otros integrantes del Cabildo Municipal de Tepelmeme Villa de Morelos, Oaxaca, por haber incumplido lo ordenado en la sentencia de 6 de diciembre de 2013.

Los actores consideraban que el Tribunal de Oaxaca de manera indebida les impuso una sanción pecuniaria equivalente a $14,608.00 (Catorce mil seiscientos ocho pesos, 00/100, M.N.) sin embargo, los magistrados federales desestimaron los argumentos y confirmaron la multa en virtud de que fue impuesta como una consecuencia al incumplimiento de la sentencia dictada en 2013.

Igual consideración jurídica tuvo lo alegado respecto al apercibimiento de arresto administrativo de doce horas, porque, a decir de los magistrados, tal medida sólo puede ser aplicada si existe desacato al mandato judicial, y en consecuencia no produce una afectación jurídica o material a los promoventes por sí sola.

Finalmente, la sentencia de la Sala Regional Xalapa también confirmó el acuerdo en la parte relativa a la vista que se ordenó dar a la Fiscalía General del Estado. Lo anterior, en virtud de que tal circunstancia no implica que los integrantes del mencionado ayuntamiento sean responsables de un hecho delictivo; ya que será la propia Fiscalía la que, en todo caso, determinará si se configura o no la comisión de un delito.

En la sesión pública de resolución de este miércoles, se analizaron y resolvieron un juicio ciudadano, tres juicios electorales, tres juicios de revisión constitucional electoral y dos incidentes sobre cumplimiento de sentencias; lo que da un total de nueve medios de impugnación.

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