SALA REGIONAL XALAPA CONFIRMA SENTENCIA DEL TET QUE REVOCÓ LA CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DEL DIRECTOR DE ASUNTOS INDÍGENAS DE CENTRO, TAB.
22/diciembre /2016 / Sala Regional Xalapa 64/2016
Xalapa - Enríquez, Veracruz
En sesión pública de resolución de 22 de diciembre de la presente anualidad, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia del Tribunal Electoral de Tabasco (TET), emitida en el diverso juicio ciudadano 171 del 2016, que revocó la convocatoria para la elección de director de Asuntos Indígenas del ayuntamiento de Centro. Ello, al resolver los juicios ciudadanos 780 y 781, promovidos por Manuel Valencia Pérez y Richard Gallardo de la Cruz, respectivamente.
Los magistrados federales indicaron que, contrario a lo expresado por los actores, la falta de un padrón de población y un catálogo de usos y costumbres indígenas no justificaba que el ayuntamiento decidiera que la designación del director en cuestión fuese por medio de un Colegio de Notables integrada por la Comisión Edilicia y los Delegados Municipales de las comunidades indígenas, toda vez que se pudo consultar directamente a esas comunidades o, en su caso, orientarse en las formas o métodos de los procesos electivos de delegados municipales utilizados por esos sectores de la población.
Asimismo, tampoco se justifica el hecho de que la convocatoria cuestionada exija como requisito para ser director de Asuntos Indígenas saber leer, hablar y escribir alguna lengua indígena, ya que la Ley Orgánica Municipal sólo impone que dominen alguno de los requisitos de hablar o escribir una lengua indígena, además que limitaría a los ciudadanos que carezcan de dichas capacidades el acceder al cargo.
Por último, los magistrados federales consideraron que tampoco se justifica que la convocatoria tenga como requisito presentar un programa de desarrollo integral para las comunidades indígenas del municipio de Centro, pues no está contemplado en la ley orgánica de los municipios, aunado a que si bien se señala en el Reglamento de la Dirección de Asuntos Indígenas, tal cuerpo normativo no se encontraba vigente al momento de expedir la convocatoria.
Sala Regional Xalapa confirma negativa de registro de la planilla para integrar el Comité Directivo del PAN en Jalpa de Méndez, Tabasco
En otro asunto, al resolver el juicio ciudadano 787 del año en curso, la Sala Regional Xalapa del TEPJF confirmó la sentencia dictada el pasado 25 de noviembre por el Tribunal Electoral de Tabasco (TET), en el expediente TET-JDC-173/2016-II y acumulados, que confirmó la negativa de registro de la planilla integrada por los ciudadanos Lázaro López Jiménez, Santiago Jiménez Velázquez, Jovita Almeida May y Lidia Velázquez Hernández, para participar en la elección de integrantes del Comité Directivo Municipal del Partido Acción Nacional (PAN) en Jalpa de Méndez, Tabasco.
Los referidos ciudadanos solicitaban que revocara la resolución del TET y que, en consecuencia, se ordenara la expedición de una nueva convocatoria a fin de que se celebrara otra Asamblea Municipal para elegir a las autoridades del Comité Directivo Municipal del PAN. Lo anterior, al afirmar que el Tribunal responsable restringió su derecho a participar en dicha elección.
Al respecto, el Pleno de la Sala Regional Xalapa declaró infundado el agravio, y determinó correcta la determinación del Tribunal responsable, toda vez que los ciudadanos no demostraron estuvieran cerradas las oficinas de la Delegación Municipal del PAN en Jalpa de Méndez, lo que supuestamente los llevó a presentar su solicitud ante el Comité Directivo Estatal.
Asimismo, se advirtió que la Comisión Organizadora del Proceso de Elección no otorgó el registro a la planilla porque lo solicitaron un día después del vencimiento del plazo otorgado para ello, ya que éste transcurrió del 26 de octubre al 7 de noviembre de la presente anualidad, por lo que resultó extemporánea su solicitud de registro al haberla presentado ante el Comité Directivo Estatal del PAN el pasado 8 de noviembre.
En la sesión pública de resolución de este jueves, se analizaron y resolvieron siete juicios ciudadanos y un juicio lectoral, lo que da un total de ocho medios de impugnación.
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