PROMOCIONAL DE ENCUENTRO SOCIAL NO CONSTITUYE CALUMNIA EN CONTRA DE DIPUTADA LOCAL: SALA ESPECIALIZADA
23/diciembre /2015 / Sala Regional Especializada 133/2015
DF
La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el promocional del Partido Encuentro Social, transmitido en radio y televisión, no constituye calumnia en perjuicio de la diputada de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, Luisa Yanira Alpizar Castellanos, ya que no se acredita la imputación de hechos o delitos falsos en su contra.
Por unanimidad, el Pleno indicó que el mensaje es una crítica a Alpizar Castellanos, quien formó parte de las filas de dicho partido político y fue postulada como candidata a diputada local, quien luego de alcanzar dicho cargo, renunció para afiliarse a otro instituto político, por lo que los sucesos están relacionados con las actividades públicas en el ámbito político que trascienden al interés general.
Respecto de las publicaciones en redes sociales, este órgano jurisdiccional ha reiterado que las plataformas electrónicas son espacios de plena libertad, que se erigen como un mecanismo idóneo para lograr una sociedad mejor informada.
La magistrada Gabriela Villafuerte Coello manifestó que el partido político Encuentro Social comunicó a la ciudadanía en general, a través de una crítica severa, que su ex candidata a diputada en el Distrito Federal, Luisa Yanira Alpizar Castellanos, dejó de pertenecer a dicho instituto político y se incorporó a la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática, en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
Por su parte, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña dijo que los servidores públicos tienen que ser más tolerantes con la crítica, mientras que la ciudadanía tiene un mayor margen de protección, por lo que el Partido Encuentro Social tiene libertad de contenido en sus promocionales.
Finalmente, el magistrado presidente Clicerio Coello Garcés coincidió en que el promocional contiene una crítica fuerte, pero sobre hechos ciertos de relevancia para la opinión pública, por lo que no se actualiza calumnia y debe privilegiarse la libertad de expresión del partido político para realizar críticas y manifestar posiciones respecto a servidores públicos.
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