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LA SALA REGIONAL GUADALAJARA RESUELVE TRES MEDIOS DE IMPUGNACIÓN SOBRE DETERMINACIONES DE AUTORIDADES ELECTORALES DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL

27/noviembre /2015 / Sala Regional Guadalajara 73/2015

Guadalajara, Jal.

La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en su sesión pública del día de hoy, resolvió tres juicios de los señalados en la propia Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en materia electoral.

En cuanto al juicio ciudadano SG-JDC-11444/2015 correspondiente a la impugnación de la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Jalisco, la Sala Regional Guadalajara confirmó la resolución del órgano jurisdiccional local y determinó que no le asistió la razón a la actora, porque dicha prerrogativa solo se estipula en tratándose de los documentos básicos del partido, en los que no se incluyen a las convocatorias, que por su naturaleza no comparten los principios de generalidad, abstracción y atemporalidad.

En la sesión pública de hoy, la Magistrada y los Magistrados Electorales, resolvieron acumular los juicios de revisión constitucional electoral SG-JRC-173/2015 y SG-JRC-174/2015; además de confirmar el Acuerdo emitido por el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Durango, mediante el cual se aprobaron, entre otras cuestiones, la convocatoria y los lineamientos para la designación de los integrantes de los consejos municipales que participarán durante el proceso electoral que se lleva a cabo en la mencionada entidad.

La Magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso, Presidenta de la Sala Regional Guadalajara ponente de los asuntos acumulados, señaló que, en esencia, se consideró que el Organismo Público Local Electoral de Durango actuó correctamente, al hacer un llamado urgente a las personas sujetas al citado procedimiento de ratificación, toda vez que en la sentencia dictada por la propia Sala Regional, al resolver el diverso SG-JRC-171/2015, se le concedió a dicha autoridad un plazo de tres días para que emitiera un nuevo dictamen, debidamente fundado y motivado, respecto de las personas susceptibles de ratificación como consejeros, de ahí que para estar en posibilidad de acatar oportunamente el fallo de esta Sala Regional Guadalajara, era necesario realizar acciones inmediatas.

Así, en su sesión pública, la Sala Regional Guadalajara resolvió un juicio ciudadano y dos juicios de revisión constitucional electoral sobre determinaciones de autoridades electorales de los Estados de Durango y Jalisco.

Las resoluciones de la Sala Regional Guadalajara se pueden consultar en la página pública del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación www.te.gob.mx.