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SALA MONTERREY REVOCA NEGATIVAS DE EXPEDICIÓN DE CREDENCIAL PARA VOTAR CON FOTOGRAFIA.

3 /julio /2013 / Sala Regional Monterrey 21/2013

Monterrey, Nuevo León

  • Sala Monterrey amonesta públicamente a los integrantes de la Comisión Nacional Electoral del Partido de la Revolución Democrática.

La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó 25 resoluciones emitidas por diversas Juntas Distritales Ejecutivas del Instituto Federal Electoral (IFE) en los estados de Coahuila y Tamaulipas, referentes a la negativa de expedición de credencial para votar con fotografía.

Los Magistrados encontraron fundados los agravios de los promoventes, al estimar que dicha solicitud fue realizada oportunamente, a consecuencia de distintas razones; en 12 juicios ciudadanos se determinó que existe un convenio de apoyo y colaboración en materia del Registro Federal de Electores, dentro del cual se establece, que en caso de extravío o robo de la credencial para votar, los ciudadanos podrán solicitar su reimpresión del 16 de marzo al 28 de junio del año en curso, siendo así que si se encontraban dentro del plazo para pedir la reposición de su credencial. En otro medio de impugnación se señaló que a pesar de no haber sido promovido dentro del plazo que otorga el convenio antes citado, pero al tratarse de robo o extravío, hecho considerados como extraordinarios, no se puede sujetar a la solicitante al referido término.

Asimismo, en los juicios restantes se revocaron las determinaciones impugnadas, ya que se advirtió que el trámite solicitado de reimpresión de la credencial corresponde, según el Manual para la Operación del Módulo de Atención Ciudadana, al de “reposición de credencial” el cual se encuentra incluido en el sistema respectivo, aunado a que no requiere modificación de datos y que los solicitantes se presentaron en tiempo a realizarlo.

En consecuencia, se ordenó que se les expida copia certificada a cada uno de los actores de los puntos resolutivos de la respectiva sentencia para que la entreguen en la mesa directiva de casilla correspondiente, a fin de que puedan emitir su voto en las elecciones del próximo domingo.

Al resolver 133 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, el pleno determinó desechar las demandas por extemporáneas, toda vez, que los promoventes tuvieron conocimiento de la irregularidad alegada al momento de la entrega de su credencial para votar, las cuales estuvieron a disposición de los solicitantes a más tardar el 6 de mayo del presente año, por lo que el plazo para presentarlas corrió, en el mejor de los casos, del 7 al 10 del mismo mes año y las presentaron hasta el 28 de junio siguiente.

De igual manera, se ordenó que se remita a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores del Instituto Federal Electoral, copia certificada de los escritos de demanda y sus anexos, para que resuelva en un plazo de 20 días la problemática relacionada con los límites entre los municipios de Ramos Arizpe y Arteaga, Coahuila.

En otro asunto, los magistrados desecharon la demanda interpuesta por René Reyes Cantú, José Ismael Solis Galván, Nicolás Romero Reyna, Bernardo Alvarado Rojas, Francisco Quintal Lerma e Hilario Huerta Hernández, en contra de la aprobación de candidaturas a presidentes municipales, síndicos y regidores para los ayuntamientos de Jaumave, San Fernando y Río Bravo, todos del Estado de Tamaulipas y el Acuerdo de la Comisión Nacional Electoral del Partido de la Revolución Democrática (PRD) en el que tuvo por realizada la asignación de las mismas, se estima igualmente improcedente.

Lo anterior, ya que antes de acudir a la instancia federal, los enjuiciantes interpusieron recurso de queja contra órgano a fin de combatir la citada aprobación de candidaturas, por lo que al existir una instancia partidista abierta o pendiente, no es posible que se conozca del asunto.

Es importante señalar que como la Comisión Nacional Electoral del PRD retardó el trámite del juicio ciudadano en cuestión, por lo que a fin de evitar en lo subsecuente el retraso en la tramitación de los medios de impugnación en la materia, se amonestó públicamente a los integrantes de dicha Comisión.

En razón de lo anterior, se ordenó a la Comisión señalada como responsable que en un plazo no mayor de 24 horas resuelva la controversia sometida a su conocimiento.

En la sesión pública de este miércoles, la Sala Monterrey resolvió 161 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.


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