SALA REGIONAL XALAPA REVOCA SENTENCIA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DE QUINTANA ROO QUE ORDENABA RETIRO DE PROPAGANDA ELECTORAL DEL PAN Y PRD
3 /julio /2013 / Sala Regional Xalapa 25/2013
Xalapa de Enríquez, Veracruz
En sesión pública de resolución de tres de julio del año en curso, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al resolver el juicio de revisión constitucional electoral 137 de este año, promovido por los Partidos Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD), revocó la sentencia dictada por el Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQROO), que había ordenado el retiro de la propaganda colocada por los partidos políticos antes mencionados respecto a sus respectivos candidatos a diputados por los distritos del VIII al XV de Quintana Roo, así como de la candidata a la presidencia municipal de Benito Juárez, en la misma entidad, postulada por el PRD.
Lo anterior, toda vez que los magistrados federales determinaron la indebida fundamentación y motivación de la sentencia impugnada por cuanto a la orden de retiro de toda la propaganda fijada en las demarcaciones antes señaladas, tomando como base la propaganda fijada sólo en uno de los distritos indicados.
En tal sentido, y dado lo avanzado del proceso electoral, la Sala Regional en plenitud de jurisdicción analizó los planteamientos originales de la coalición Para que Tu Ganes Más y determinó negar la medida cautelar solicitada respecto de mil quinientos ochenta y ocho elementos propagandísticos relativos a los distritos VIII al XV, a excepción hecha de dieciocho elementos correspondientes al distrito XIV, pues al respecto, quedó acreditado que la propaganda sí podría vulnerar las normas electorales del estado, por la inclusión simultánea de los emblemas de los Partidos Acción Nacional y de la Revolución Democrática, los cuales corresponden a la candidata a diputada postulada por el segundo de los nombrados para el distrito XIV de Quintana Roo; quedando por tanto, en libertad respecto del resto de los distritos y municipio, para que los interesados coloquen, de nueva cuenta, la propaganda que haya sido retirada en acatamiento al fallo revocado, siempre que se haga antes de que inicie el periodo de reflexión o veda electoral.
En la sesión pública de resolución de este miércoles, se analizaron y resolvieron 2 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y 4 juicios de revisión constitucional electoral.
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