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DESECHA SALA GUADALAJARA IMPUGNACIÓN CONTRA EL PROCESO INTERNO DEL PAN PARA LA ELECCIÓN DEL CANDIDATO A LA PRESIDENCIA MUNICIPAL DE CIUDAD JUÁREZ, CHIHUAHUA

1 /julio /2013 / Sala Regional Guadalajara 26/2013

Guadalajara, Jalisco

La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó el juicio interpuesto por Oscar Arturo Ayala Galindo para controvertir diversos actos del proceso de selección de candidato a presidente municipal de Juárez, Chihuahua, del Partido Acción Nacional (PAN), en el que resultó ganadora María Antonieta Pérez Reyes.

La magistrada y los magistrados integrantes del Pleno de la Sala Regional, resolvieron desechar el asunto en virtud a que la demanda se presentó de manera extemporánea.

Lo anterior es así, pues por una parte el acuerdo que determinó la validez del procedimiento interno de selección, fue notificado el quince de mayo de dos mil trece, y por la otra, el actor se enteró de la solicitud de registro de la candidata ganadora el diecinueve del mismo mes, sin embargo la demanda en la que intentó combatir ambos actos fue presentada hasta el siete de junio, es decir, fuera del plazo establecido en la norma.

En otro asunto y por la misma causa, la Sala Regional Guadalajara, desechó el medio de impugnación presentado contra el acuerdo del XI Consejo Distrital Electoral de Badiraguato, Sinaloa, que aprobó la solicitud de registro de la lista municipal de candidatos a regidores por el principio de representación proporcional de la Coalición “Unidos Ganas Tú”, integrada por los partidos políticos Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD) y del Trabajo (PT).

Toda vez que dicho acuerdo fue publicado el día tres de junio de dos mil trece y el escrito del juicio se presentó hasta el veintiuno siguiente, es decir, dieciocho días después, por lo tanto fuera del plazo de cuatro días previsto para la interposición del recurso ordinario.

En la sesión pública del primero de julio de 2013, la Sala Regional Guadalajara resolvió dos juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y un juicio de revisión constitucional electoral.