REVOCA SALA GUADALAJARA LA LISTA DE CANDIDATOS A DIPUTADOS POR EL PRINCIPIO DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL DE LA COALICIÓN “UNIDOS GANAS TU” EN SINALOA
26/junio /2013 / Sala Regional Guadalajara 24/2013
Guadalajara, Jalisco
Las actoras Luisa Reyna Armenta Ruiz y Bertha Alicia Hernández Lucero, fueron incluidas en la posición número once en la lista de candidatos presentada inicialmente para registro; no obstante, ante las observaciones del Instituto Estatal Electoral relativas a que no se cumplía con la alternancia de género que exige la ley electoral local, pues las fórmulas once y doce las integraban mujeres, la Coalición sustituyó a las candidatas por una fórmula integrada por hombres.
En el proyecto se rechazó esa sustitución y se propuso incluir de nueva cuenta a las actoras en el lugar número once de la lista, que según el convenio de coalición pertenece al Partido de la Revolución Democrática, toda vez que, en el procedimiento democrático interno obtuvieron mayor número de votos que los ciudadanos propuestos en la segunda lista y que los espacios identificados con los números 12, 13, 14 y 15 que son del Partido Acción Nacional se reacomoden, con la finalidad de cumplir con la alternancia.
Al explicar las razones de su voto a favor del proyecto el magistrado Eugenio Isidro Gerardo Partida Sánchez puntualizó que no existe ninguna injerencia en la vida interna y auto-organización del partido, porque se están respetando los derechos de las ciudadanas actoras, del propio partido que determinó que las designaciones se harían respetando el principio de elección democrática y de los militantes que votaron por ellas.
La magistrada ponente Mónica Aralí Soto Fregoso, destacó que si bien la Ley Electoral de Sinaloa tiene cuota de género 40-60, la primera lista propuesta garantizaba la paridad de género ─50 por ciento hombres y 50 por ciento mujeres─ algo que es de gran relevancia en términos de una democracia sustantiva.
Por su parte el magistrado José Antonio Abel Aguilar Sánchez, señaló que se trata de un caso en que entran en conflicto dos principios que están íntimamente relacionados, que son el de alternancia y paridad, pues el reacomodo que realizó la coalición en la lista de candidatos a diputados de representación proporcional, con el objeto de cumplir con la alternancia no genera paridad, por lo que en el proyecto se le da la ponderación debida al principio de alternancia, para entenderlo en función de la equidad de género.
En la sesión pública del 26 de junio de 2013, la Sala Regional Guadalajara resolvió dos juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y un juicio de revisión constitucional electoral.