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LA SALA GUADALAJARA CONFIRMA LA CANDIDATURA DE ROSSANA COJOB GARCÍA POR EL XVII DISTRITO DE SONORA

17/junio /2013 / Sala Regional Guadalajara 22/2013

Guadalajara, Jalisco

La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el acuerdo por el cual se registró a Rossana Cojob García como candidata común al cargo de diputada local por el principio de mayoría relativa de Cajeme, por los Partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Verde Ecologista de México (PVEM), para la elección extraordinaria.

El Partido Acción Nacional impugnó el registro de la candidata común argumentando que no cuenta con el requisito de residencia efectiva dentro del distrito electoral de cuando menos dos años, toda vez que en el listado nominal del 2012 tenía su domicilio en otro distrito.

En el proyecto elaborado por la ponencia de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso, se concluyó que el partido político actor, no desvirtuó en su totalidad lo documentos con los que se acreditó el requisito de residencia de Rossana Coboj García y que las pruebas exhibidas fueron insuficientes.

Lo anterior pues el listado nominal no puede hacer prueba plena, pues la credencial para votar es indispensable para que los ciudadanos puedan ejercer su derecho al voto, mas no constituye el documento idóneo para acreditar la residencia de una persona.

Además, los magistrados coincidieron en que la constancia de residencia expedida por el Secretario del Ayuntamiento de Cajeme, Sonora, con la que se acreditó el requisito, no fue controvertida por el partido actor, por lo tanto se considera que su contenido fue consentido por éste.

Se confirman coaliciones del PRI con el PT y el PRD en Chihuahua

Por unanimidad, el pleno de la Sala Regional Guadalajara confirmó las sentencias del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, respecto a las coaliciones parciales “Unidos por más progreso” y “Unidos por más seguridad”, conformadas por el Partido Revolucionario Institucional con los partidos del Trabajo y de la Revolución Democrática respectivamente, para postular candidatos a diputados por mayoría relativa en diversos distritos de Chihuahua.

En los proyectos elaborados por las ponencias de los magistrados Abel Aguilar Sánchez y Eugenio Isidro Gerardo Partida Sánchez, se afirma que no le asiste la razón a Acción Nacional, al referir que los convenios de coalición violan el marco constitucional al establecer la renuncia por parte del Revolucionario Institucional a la votación que pueda recibir, ello porque los términos del convenio se sustentan en el acuerdo de repartir equitativamente la votación obtenida, por lo que en modo alguno existe forma de saber, si es que el PRI renunció a un cierto número de votos en relación con los demás partidos.

Se restituyen candidatos a regidores por representación proporcional en Ahome y Guasave, Sinaloa

En otros asuntos, la Sala Regional Guadalajara ordenó el registro de Eloisa Castro Higuera y Selene Guadalupe Ruiz Cota, como propietaria y suplente en el sexto lugar de la lista de regidores de Ahome, y de Alfonso Valadez Armenta como suplente en el quinto lugar de la misma lista, así como el registro de Luis Humberto Valenzuela Muñoz como propietario en el primer lugar de la lista en Guasave.

Esto pues los partidos que conforman la Coalición “Unidos Ganas Tú”, acordaron que el registro de los candidatos se efectuaría respetando la posición y origen de cada uno de los candidatos que se precisó en el convenio de coalición. Por tanto no resulta válido que el representante de la coalición, haya solicitado el registro de personas diversas a las previamente designadas por los partidos.

En la sesión pública del 17 de junio de 2013, la Sala Regional Guadalajara resolvió 16 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y seis juicios de revisión constitucional electoral.