LA SALA REGIONAL TOLUCA CONFIRMA RESOLUCIÓN RELACIONADA CON LA IMPUGNACIÓN DE SOLICITUDES DE REGISTRO DE CANDIDATOS DEL PARTIDO DEL TRABAJO A DIPUTADOS LOCALES EN HIDALGO.
7 /junio /2013 / Sala Regional Toluca 16/2013
Toluca de Lerdo, Estado de México
Los magistrados que integran la Sala Regional Toluca resolvieron dos juicios ciudadanos acumulados, relacionados con el registro de candidatos del Partido del Trabajo a diputados locales en Hidalgo, en los cuales se consideró que los agravios hechos valer por Erasto Tolentino Castro y Lina Guillermo Vite, son infundados, ya que los actores parten de una premisa errónea al estimar que no estuvieron en aptitud de conocer oportunamente el método para la selección de candidatos, cuando se pudo comprobar que en sesión extraordinaria de la Comisión Ejecutiva Nacional del referido partido, se establecieron las razones por las cuales se revocó y se anuló la convocatoria del proceso interno de selección de candidatos y se estableció que, ante la proximidad de los plazos legales para el registro oficial de candidatos, la Comisión Coordinadora Nacional de ese partido convocaría a sesión extraordinaria para atender lo relativo a las fórmulas de candidatos, por lo que se consideró que los agraviados sí tuvieron conocimiento del método de selección de candidatos a diputados locales.
• Los Magistrados de la Sala Regional ordenan la inscripción de una ciudadana en el Padrón Electoral y la expedición de su credencial para votar con fotografía.
Los integrantes del pleno resolvieron un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano promovido por Juana Benito Mateo, en el que dicha ciudadana controvierte la resolución emitida por el Vocal del Registro Federal de Electores de la 18 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Federal Electoral en el Estado de México, mediante la cual le fue negada la expedición de su credencial para votar con fotografía, toda vez que la autoridad administrativa detectó que había errores en el nombre de la ciudadana que se tenía registrado. Los magistrados consideraron que de las constancias del expediente se acreditó la personalidad de Juana Benito Mateo y, por tanto, ordenaron la cancelación del registro del nombre erróneo en el Padrón Electoral y su inscripción en dicho instrumento electoral con el nombre correcto, así como la expedición de su credencial para votar con fotografía.
• Sala Regional Toluca determina que el Partido Acción Nacional debe resolver controversia relacionada con la elección del Comité Directivo Estatal de ese partido político en el Estado de México.
Al resolver diversos juicios ciudadanos promovidos por militantes del Partido Acción Nacional, relativos a la elección de la dirigencia estatal de ese instituto político en el Estado de México, la Sala Regional Toluca determinó revocar la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de México, al considerar que dicho órgano jurisdiccional, al asumir plenitud de jurisdicción para resolver el medio de defensa promovido por Jorge Ernesto Inzunza Armas contra la validez de la elección decretada por el Comité Directivo Estatal, infringió el principio de auto-determinación de los partidos políticos; en ese sentido, la Sala Regional determinó procedente remitir la controversia intrapartidista al órgano competente del partido para que, en uso de sus facultades estatutarias, resuelva lo que en derecho corresponda.