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CONCLUYE PROCESO ELECTORAL DE JALISCO

25/octubre /2012 / Sala Regional Guadalajara 35/2012

Guadalajara, Jalisco

Tras resolver las últimas impugnaciones de las elecciones de diputados y munícipes, la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación concluyó el proceso electoral local de Jalisco 2011- 2012, informó su magistrado presidente, Noé Corzo Corral.

En total fueron elegidos 39 diputados locales, 125 ayuntamientos y el gobernador; por lo que respecta a la Sala Guadalajara, ya que la gubernatura es competencia de la Sala Superior, se resolvieron mil 363 medios de impugnación del 28 de octubre de 2011 a la fecha.

De ese universo 824 correspondieron a juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano (JDC), 531 a juicios de revisión constitucional electoral (JRC), ocho a asuntos generales; 1,299 acciones fueron promovidas en la etapa de preparación de la elección y 64 correspondieron a impugnaciones sobre los resultados electorales.

Confirman diputaciones de representación proporcional

Por unanimidad, los magistrados regionales confirmaron hoy las sentencias del Tribunal Electoral del Estado de Jalisco relativas a diversos medios de impugnación que combatían la asignación de diputados de representación proporcional, tras desechar argumentos de partidos políticos y actores involucrados.

El Partido Revolucionario Institucional (PRI) presentó dos juicios, el JRC-578 que fue sobreseído pues su derecho a reclamar había concluido en un juicio previo, y el 576 fue declarado inoperante, ya que su materia no vulneraba la esfera jurídica del partido.

El JRC-577, presentado por Movimiento Ciudadano, fue declarado inoperante e infundado tras desechar su pretensión de declarar violaciones a la ley electoral en los convenios de coalición del PRI y el Partido Verde Ecologista de México (PVEM).

En el caso del Partido Acción Nacional, en el JRC-579 fue declarada infundada la queja sobre la incorrecta asignación del Distrito 17 al PVEM y respecto a su coalición parcial al PRI.

En cuando al JDC-5299, presentado por Fabiola Jacqueline Martínez Martínez, se declaró infundado e inoperante tras desechar el argumento de que el juicio que finalmente le retiró su constancia de diputada de representación proporcional, emitida por el Instituto Electoral del Estado de Jalisco (IEPC), fue presentado de manera extemporánea.

“La finalidad de la cuota de género es garantizar la presencia de ambos sexos en las listas de candidatos para cargos electivos. Sin embargo, las cuotas por sí solas no alcanzan a lograr sus objetivos (…) las cuotas de género aseguran la presencia de mujeres en las listas partidarias, pero no necesariamente su elección, ya que dependen de un conjunto de factores como (…) el voto del electorado”, apuntó el proyecto de sentencia del magistrado Jacinto Silva Rodríguez, en otro de los apartados de este juicio.

En Jalisco existe un sistema mixto de asignación de diputaciones de representación proporcional, los lugares que correspondan a cada partido serán asignados alternativamente, dos entre los candidatos registrados en la lista de representación proporcional y uno no electo bajo el principio de mayoría relativa.

Los magistrados electorales consideraron que la petición de Martínez Martínez era contraria a este sistema pues no fue ganadora en el distrito electoral por el compitió, y tampoco obtuvo el porcentaje suficiente para encontrarse dentro de los lugares más altos para optar por una diputación de representación proporcional.

Al confirmar las sentencias del tribunal local, la Sala Guadalajara no modificó la distribución y asignación de diputados de representación proporcional que integrarán la próxima legislatura del Congreso del Estado de Jalisco.

En su cuadragésima segunda sesión pública, la Sala Regional Guadalajara resolvió siete juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y siete juicios de revisión constitucional electoral.