LAS ENTREVISTAS OTORGADAS POR PEDRO FERRIZ DE CON NO VULNERARON LA NORMATIVA ELECTORAL: SALA ESPECIALIZADA
18/noviembre /2016 / Sala Regional Especializada 76/2016
DF
La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que las notas periodísticas y entrevistas en diversos medios de comunicación realizadas al periodista Pedro Ferriz de Con en donde expresa su intención de ser candidato independiente a la presidencia de México en el año 2018, se realizaron en ejercicio de la labor informativa de los medios de comunicación, por lo que Ferriz de Con no vulneró la normativa electoral.
Además, los mensajes emitidos a través de la red social Twitter tampoco se consideran como infracciones electorales, ya que son espacios de plena libertad, idóneos para propiciar y fomentar la participación de todas las personas.
Ante esto, Gabriela Villafuerte Coello reiteró el criterio que ha sostenido esta Sala en cuanto a considerar los espacios virtuales como espacios de plena libertad; y por lo que respecta a las entrevistas, puntualizó que en ellas se aprecia un auténtico y genuino ejercicio de libertad de expresión en su doble dimensión.
Por su parte, la magistrada en funciones Araceli Yhali Cruz Valle dijo que se trata de un asunto más que abona al criterio de la Sala respecto a que las redes sociales gozan de libertad absoluta, además de que no tienen regulación estricta en nuestro sistema jurídico, ya que, de acuerdo a la normativa nacional e internacional, sólo puede limitarse cuando haya algún riesgo, algún valor o principios de máxima trascendencia, que en dicho caso no se actualiza.
Por último, el magistrado presidente Clicerio Coello Garcés dejó en claro que la entrevista ofrecida por Pedro Ferriz de Con a la cadena Univisión es genuina y a pregunta expresa, donde no sólo se le interroga en relación a su intención de postularse como posible candidato independiente, sino además se abordan otras temáticas de interés general, y que no obstante fue transmitida por una televisora que tiene su sede en el extranjero, con difusión en diversos países, lo cierto es que no se configura la prohibición de contratar spots desde el extranjero, pues se trató de una entrevista.
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