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CONFIRMA SALA MONTERREY A RODOLFO AMBRIZ COMO ALCALDE ELECTO DEL AYUNTAMIENTO DE JUÁREZ, N.L.

12/octubre /2012 / Sala Regional Monterrey 54/2012

Monterrey, Nuevo León

  • Confirma Sala Monterrey la validez de los comicios y la elegibilidad de Ugo Ruiz como presidente municipal electo de San Pedro Garza García en Nuevo León

La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revocó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León (TEE-NL) que declaraba inelegible a Rodolfo Ambriz Oviedo por considerar que incumplió con el requisito de residencia en el municipio de Juárez, N.L.
Al resolver el juicio de revisión constitucional presentado por el Partido Acción Nacional (PAN), los magistrados aprobaron por unanimidad revocar dicha determinación al considerar que las pruebas presentadas por la coalición “Compromiso por Nuevo León” sólo pueden generar indicios y no deben considerarse pruebas con valor convictivo similar o superior a la constancia de residencia expedida por el secretario del Ayuntamiento, toda vez que la misma no fue impugnada en su momento adquiriendo una presunción importante los hechos que ahí constan.

En consecuencia quedó subsistente la declaración de validez y entrega de la constancia de mayoría realizada por la Comisión Municipal Electoral de Juárez, N.L., a favor de Rodolfo Ambriz Oviedo como candidato electo al cargo de Presidente Municipal.

En otro asunto, el pleno confirmó el fallo emitido por el TEE-NL respecto a la elegibilidad de Roberto Ugo Ruiz Cortés como alcalde de San Pedro Garza García, Nuevo León, al considerar infundados o inopertantes los agravios presentados por la coalición “Compromiso por Nuevo León” al no quedar demostrado que Ruiz Cortés hubiera ocupado el cargo de presidente Municipal del ayuntamiento en cita, en ausencia de Mauricio Fernández Garza.

En la sesión pública de este viernes la Sala Monterrey resolvió cuatro juicios de revisión constitucional electoral y un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.