Resolución emitida por la autoridad responsable el 13 de noviembre de 2004, en los recursos de inconformidad interpuestos por el PAN y por los actores, la cual confirmó el cómputo de la elección del ayuntamiento de las Vigas de Ramírez, Estado de Veracruz, la declaración de validez de elección y el otorgamiento de la constancia de mayoría a la fórmula postulada por la coalición Unidos por Veracruz.
Acuerdo emitido por la autoridad responsable el 26 de julio de 2004, el cual negó el registro solicitado por el actor, como candidato ciudadano (no postulado por ningún partido), para contender por la Presidencia Municipal de Xalapa.
Resolución emitida por la autoridad responsable el 15 de junio del año en curso, mediante la cual desechó la impugnación presentada por el ahora actor, por la que pretendía entre otros aspectos la nulidad de las elecciones a celebrarse el próximo 4 de julio en el ayuntamiento de Ahumada y la de los registros de los candidatos que contenderán en dicha elección, pretendiendo también sea registrado como candidato independiente para las próximas elecciones en dicho ayuntamiento.
Acuerdo emitido por la autoridad responsable el 5 de noviembre de 2003, por el cual negó al ahora actor su solicitud de registro como candidato independiente al cargo de síndico del ayuntamiento de Ciudad Juárez, Chihuahua.
Acuerdo emitido por la autoridad responsable el 5 de noviembre de 2003, mediante el cual negó al actor, su solicitud de registro como candidato independiente al cargo de Presidente Municipal de Ciudad Juárez, Chihuahua.
Cómputo municipal, la declaración de validez de la elección y la entrega de las constancias de mayoría al Presidente Municipal y Síndico Procurador electos, realizados el 09 de julio de 2003; por el Consejo Estatal Electoral y el Consejo Municipal Electoral de Temixco, ambos del Instituto Estatal Electoral de Morelos.
Solicita el respeto al voto de la ciudadanía manifestado en el recuadro de las boletas electorales el cual textualmente dice “SI DESEA VOTAR POR ALGÚN CANDIDATO NO REGISTRADO, ESCRIBA AQUÍ EL NOMBRE COMPLETO”, haciendo valer su derecho como candidato independiente a diputado federal por el Segundo Distrito de Quintana Roo estipulado en los artículos 35 y 55 Constitucionales.
Resolución emitida por la responsable el 7 de mayo del año en curso, en el recurso de revisión interpuesto por los actores mediante la cual se confirmó la negativa del Consejo Municipal Electoral de Cuernavaca para registrarlos como candidatos independientes a diputados al Congreso Local por el III Distrito Electoral.
Determinación de la autoridad responsable por la cual el 21 de enero del año en curso, negó el registro de las planillas de candidaturas independientes para contender por los ayuntamientos de Ixtapalupa, Atizapán de Zaragoza y Villa Nicolás Romero, presentadas por los actores.
Acuerdo de 3 de agosto de 2001 que niega al actor su registro como candidato independiente a gobernador del estado de Michoacán.