El Acuerdo ACRT/33/2013, del Comité de Radio y Televisión del Instituto Federal Electoral por el que se modifica el Acuerdo identificado con la clave ACRT/14/2013, debido al registro de diversas Candidaturas Independientes.
Resolución dictada por la Sala Uniinstancial, en el expediente SU-JDC-464/2013, que entre otras cuestiones, ordenó el registro de diversos ciudadanos como candidatos independientes a regidores de los Ayuntamientos de Sombrerete, Villa García y Zacatecas.
Resolución dictada por la Sala Uniinstancial, en el expediente SU-JDC-464/2013, que entre otras cuestiones, ordenó el registro de diversos ciudadanos como candidatos independientes a regidores de los Ayuntamientos de Sombrerete, Villa García y Zacatecas.
Sentencia dictada en el expediente SU-JDC-453/2013, que entre otras cuestiones, confirmó la resolución RCG-IEEZ-020/IV/2013 dictada por el Consejo General del Instituto Electoral local, que declaró improcedente el registro preliminar del ahora actor a como candidato independiente a Presidente Municipal de Zacatecas, Zacatecas.
Sentencia dictada en el expediente SU-JDC-455/2013, que entre otras cuestiones, confirmó la resolución RCG-IEEZ-021/IV/2013 dictada por el Instituto Electoral local, que declaró improcedente el registro del ahora actor como candidato independiente a presidente municipal de Zacatecas.
La sentencia de veintitrés de mayo de dos mil trece emitida por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Tercera Circunscripción Plurinominal, con sede en Xalapa, Veracruz, en el juicio de revisión constitucional electoral identificado con la clave SX-JRC-68/2013 relacionada con la declaración del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo sobre quienes tuvieron derecho a solicitar su registro como candidatos independientes en la modalidad de miembros del ayuntamiento.
Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, mediante el cual se determina sobre la porcedencia del registro de las planillas de Candidatos Independientes a miembros de los Ayuntamientos de los Municipios de Benito Juárez, Cozumel y Felipe Carrillo Puerto del estado de Quintana Roo, en la próxima jornada electoral local ordinaria a celebrarse el siete de julio de dos mil trece y el Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, mediante el cual se determina sobre la procedencia del registro de las planillas de candidatos independientes a miembros del Ayuntamiento del Municipio de Solidaridad del estado de Quintana Roo, en la próxima jornada electoral local ordinaria a celebrarse el siete de julio de dos mil trece.
La omisión de la responsable de responder a sus solicitudes de registro como candidatos independientes al cargo de diputados por el principio de mayoría relativa en el distrito 10.
La omisión del Instituto Electoral del Estado de Puebla, de registrar a las actoras como candidatas independientes a diputadas locales, en el 15 distrito electoral local, dentro del proceso electoral 2012-2013.
La omisión de la responsable de responder a sus solicitudes de registro como candidatos independientes al cargo de diputados por el principio de mayoría relativa.