Candidaturas

LAS CANDIDATURAS INDEPENDIENTES EN EL PROCESO ELECTORAL 2014-2015

Sentencias TEPJF

Expediente: SM-JDC-40/2016
Actores: CARLOS ELIUD PÉREZ GONZÁLEZ
Fecha de resolución: Martes, Marzo 29, 2016
Autoridades responsables: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DE TAMAULIPAS
Acto impugnado:

Acuerdo IETAM/CG-49/2016, de diecinueve de marzo de esa anualidad, emitido por el Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas, mediante el cual se declaró improcedente el registro del ahora actor como candidato independiente a diputado local por el distrito 12 de Matamoros, por incumplir con el porcentaje de apoyo ciudadano exigido.

Sentido:
Único. Se reencauza la presente impugnación como recurso de defensa de derechos político-electorales del ciudadano, al Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas para que, dentro del plazo de tres días contados a partir de que cuente con el expediente debidamente integrado, resuelva lo que en derecho corresponda conforme a sus atribuciones, debiendo informar de su cumplimiento dentro de las veinticuatro horas siguientes a que ello suceda.
SM-JDC-40/2016
Expediente: SM-JDC-41/2016
Actores: MANUEL HERIBERTO SANTILLÁN MARTÍNEZ
Fecha de resolución: Martes, Marzo 29, 2016
Autoridades responsables: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DE TAMAULIPAS
Acto impugnado:

Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas, a través del cual determinó la improcedencia de la declaratoria para el registro del actor como candidato independiente a diputado local por el distrito 19, en la señalada entidad federativa, con base en el incumplimiento de la presentación de un determinado número de apoyos ciudadanos.

Sentido:
Único. Se reencauza la presente impugnación como recurso de defensa de derechos político-electorales del ciudadano, al Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas para que, dentro del plazo de tres días contados a partir de que cuente con el expediente debidamente integrado, resuelva lo que en derecho corresponda conforme a sus atribuciones, debiendo informar de su cumplimiento dentro de las veinticuatro horas siguientes a que ello suceda.
SM-JDC-41/2016
Expediente: SM-JDC-17/2016
Actores: MAURICIO FERNÁNDEZ DÍAZ
Fecha de resolución: Miércoles, Marzo 2, 2016
Autoridades responsables: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS
Acto impugnado:

Sentencia de diecinueve de febrero de dos mil dieciséis, dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas en los autos del expediente TE-RDC-005/2016, en la cual desestimó los agravios hechos valer por el promovente respecto al reclamo sobre la reducción del plazo para la obtención del apoyo de la ciudadanía, la ilegalidad de la prevención efectuada por el Instituto Electoral Local, así como la inconstitucionalidad de los porcentajes de apoyo y de la exigencia de anexar la copia de la credencial para votar de la ciudadanía que respaldara el registro de la candidatura independiente, establecidos en la Ley Electoral Local y en los Lineamientos.

Sentido:
PRIMERO. Se modifica la sentencia impugnada en los términos del apartado 4.1. del fallo. SEGUNDO. Se ordena al Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas que proceda en los términos precisados en el apartado 4.2. de esta sentencia.
SM-JDC-17/2016
Expediente: SM-JDC-18/2016
Actores: JOSÉ ANTONIO OLVERA PLACENCIA
Fecha de resolución: Miércoles, Marzo 2, 2016
Autoridades responsables: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS
Acto impugnado:

Sentencia dictada el diecinueve de febrero de dos mil dieciséis, por el Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas en los autos del expediente TE-RDC-003/2016, que confirmó los actos emitidos por el Consejo General del Instituto Electoral de ese Estado, en relación con los porcentajes de respaldo de la ciudadanía y de la exigencia de adjuntar la copia simple de las credenciales de elector y la reducción del plazo para la recolección del apoyo de la ciudadanía.

Sentido:
PRIMERO. Se modifica, la sentencia impugnada en los términos indicados en el apartado "4.1." de este fallo. SEGUNDO. Se ordena al Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas proceda conforme a lo establecido en el apartado "4.2" de esta sentencia.
SM-JDC-18/2016
Expediente: SM-JDC-19/2016
Actores: NANCY SARAHÍ GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ
Fecha de resolución: Miércoles, Marzo 2, 2016
Autoridades responsables: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS
Acto impugnado:

Sentencia de seis de febrero de dos mil dieciséis, dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas en los autos del expediente TE-RDC-07/2016, impugnada a fin de controvertir los Lineamientos, la Convocatoria, la prevención efectuada por el Director Ejecutivo de Prerrogativas Partidos y Agrupaciones del Instituto Electoral de esa entidad federativa, así como reclamar de ese Instituto la indebida reducción del periodo para recabar el apoyo ciudadano.

Sentido:
PRIMERO. Se modifica, la sentencia impugnada en los términos indicados en el apartado "4.1." de este fallo. SEGUNDO. Se ordena al Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas proceda conforme a lo establecido en el apartado "4.2." de esta sentencia.
SM-JDC-19/2016
Expediente: SM-JDC-20/2016
Actores: XICOTÉNCATL GONZÁLEZ URESTI
Fecha de resolución: Miércoles, Marzo 2, 2016
Autoridades responsables: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS
Acto impugnado:

Sentencia de diecinueve de febrero de dos mil dieciséis, dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas en el expediente TE-RDC-003/2016, en relación con los porcentajes de respaldo de la ciudadanía, de la exigencia de adjuntar la copia simple de las credenciales de elector y la reducción del plazo para la recolección del apoyo de la ciudadanía.

Sentido:
PRIMERO. Se modifica la sentencia impugnada en los términos del apartado 4.1. del fallo. SEGUNDO. Se ordena al Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas que proceda en los términos precisados en el apartado 4.2. de esta sentencia.
SM-JDC-20/2016
Expediente: SM-JDC-21/2016
Actores: BEATRIZ BERMÚDEZ SÁNCHEZ
Fecha de resolución: Miércoles, Marzo 2, 2016
Autoridades responsables: SALA ADMINISTRATIVA Y ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
Acto impugnado:

Resolución de diecinueve de febrero de dos mil dieciséis, dictada por la Sala Administrativa y Electoral del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, en el recurso de apelación SAE-RAP-0005/2016, que decretó sobreseimiento toda vez que esa Sala Regional dictó diversa sentencia en la que, entre otras cosas, ordenó la modificación del acuerdo en la parte que determinaba el 3% de apoyo ciudadano para quienes quisieran contender como candidatos independientes a una diputación local y fijó como porcentaje necesario el 2.5%.

Sentido:
ÚNICO. Se confirma la sentencia impugnada.
SM-JDC-21/2016
Expediente: SM-JDC-22/2016
Actores: JOSÉ LUIS ÁLVAREZ SÁNCHEZ
Fecha de resolución: Miércoles, Marzo 2, 2016
Autoridades responsables: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE AGUASCALIENTES
Acto impugnado:

Acuerdo CG-A-18/16, de fecha trece de febrero de esa anualidad, emitido por el Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes, relativo a las modificaciones a los criterios generales para el registro de candidatos independientes a diputados locales en Aguascalientes y la convocatoria correspondiente.

Sentido:
ÚNICO. Se confirman, en lo que fue materia de impugnación, el acuerdo y la convocatoria controvertidos.
SM-JDC-22/2016
Expediente: SM-JDC-13/2016
Actores: JOSÉ LUIS ÁLVAREZ SÁNCHEZ
Fecha de resolución: Jueves, Febrero 11, 2016
Autoridades responsables: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE AGUASCALIENTES
Acto impugnado:

La Convocatoria de fecha nueve de enero de dos mil dieciséis, emitida por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes, mediante la cual fijó los criterios para el registro de candidatos independientes en la citada entidad federativa.

Sentido:
PRIMERO. Se inaplica al caso concreto el artículo 376, fracción II, del Código Electoral del Estado de Aguascalientes. SEGUNDO. Se modifican las disposiciones del Acuerdo sobre candidaturas independientes y de la Convocatoria,en los términos precisados en el apartado 5.2 de esta sentencia. TERCERO. Se ordena al Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes que proceda de conformidad con lo señalado en las secciones 5.3 y 5.4 de esta determinación. CUARTO. Comuníquese a la Sala Superior de este tribunal electoral, para los efectos constitucionales conducentes y que por su conducto se informe de esta ejecutoria a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
SM-JDC-13/2016
Expediente: SM-JDC-15/2016
Actores: CARLOS CABRERA BERMÚDEZ
Fecha de resolución: Jueves, Febrero 11, 2016
Autoridades responsables: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DE TAMAULIPAS
Acto impugnado:

Acuerdos IETAM/CG-19/2015, e IETAM/CG-22/2015, de diez y quince de diciembre de dos mil quince, aprobados por el Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas, a trávés de los cuales se emitieron, respectivamente, los Lineamientos Operativos y la Convocatoria dirigida a los ciudadanos que pretendan participar mediante una candidatura independiente en el proceso elector ordinario 2015-2016, en relación con el dicho del actor de que la exigencia consistente en la captura de los formatos de apoyo ciudadano en el sistema informático dispuesto por la autoridad, es un requisito excesivo y desproporcionado impuesto a los aspirantes a la candidatura, atendiendo a que la propia normativa no dispone de los recursos humanos ni financieros necesarios para poder cumplir tal requerimiento.

Sentido:
PRIMERO. Se modifican los acuerdos IETAM/CG-19/2015 e IETAM/CG-19/2015, en términos de lo previsto en el apartado 6 de la resolución. SEGUNDO. Se vincula al Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas, para los efectos establecidos en el apartado 6 de la ejecutoria.
SM-JDC-15/2016