Resolución de treinta de enero de dos mil quince, dictada por el Consejo Estatal Electoral del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana, que confirma el acuerdo IMPEPAC/CMECUER/03/2015 de catorce de enero de dos mil quince, del Consejo Municipal Electoral de Cuernavaca, Morelos de dicho Instituto, el que se tuvo por no presentado el escrito de intención de los actores como aspirantes a candidatos independientes.
La resolución dictada por el Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí el siete de enero de dos mil quince en el juicio de revisión TESLP/RR/17/2014
Diversos actos relacionados con la manifestación de la intención del actor para registrarse como candidato independiente.
La sentencia de ocho de enero de dos mil quince, dictada en el recurso de apelación/juicio ciudadano local número TEEQ-RAP/JDL-3/2014, que desechó la demanda del ahora actor por considerarla extemporánea.
La sentencia de nueve de enero de dos mil quince, emitida por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal, con sede en el Distrito Federal, dentro del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano identificado con la clave SDF-JDC-2/2015 relacionada con la confirmación de que no se tuvo por presentada la manifestación de intención del actor para ser aspirante a candidato independiente.
El oficio emitido por el Vocal Ejecutivo de la 04 Junta Distrital del Instituto Nacional Electoral en el estado de Querétaro, que tuvo por no presentada la manifestación de intención de Eligio Arnulfo Moya Vargas para ser registrado como candidato independiente a diputado federal por el 04 distrito electoral.
Diversos actos relacionados con la manifestación de la intención del actor para registrarse como candidato independiente.
Diversos actos relacionados con la manifestación de la intención del actor para registrarse como candidato independiente.
El oficio INE/JDE07/VE/428/2014 del Vocal Ejecutivo de la 07 Junta Distrital del Instituto Nacional Electoral en Coahuila, que tuvo por no presentada la manifestación de intención del actor para registrarse como aspirante a candidato independiente a diputado federal por el 07 distrito electoral.
El acuerdo suscrito por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, número INE/CG273/2014, por el que se emiten los criterios aplicables, el modelo único de estatutos y la convocatoria para el registro de candidatas y candidatos independientes a diputadas y diputados por el principio de mayoría relativa para el proceso electoral federal 2014-2015, de diecinueve de noviembre de dos mil catorce.