La resolución dictada por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral relacionada con el procedimiento de obtención de registro de las actoras como candidatas independientes al cargo de diputadas de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
La resolución dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León, que a su vez confirmó la determinación de la Comisión Estatal Electoral por la que se otorgó el registro de la fórmula de candidatas independientes a diputadas locales por el distrito XVIII de Nuevo León, encabezada por Tatiana Clouthier Carrillo, como propietaria y Eiliana Olivo López, como suplente.
La sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León (JI-057/2015), mediante la cual desestimó la pretensión del actor de rechazar el financiamiento público otorgado al candidato independiente por la Comisión Estatal Electoral de Nuevo León para los gastos de campaña.
El acuerdo de cuatro de abril de la presente anualidad, dictado por el 10 Consejo Distrital del Instituto Nacional Electoral en dicha entidad federativa, que determinó tener por no registrada la fórmula integrada por el actor y Antonio Barat Pérez, como candidatos independientes, propietario y suplente, respectivamente, para el cargo de diputado federal por el principio de mayoría relativa.
El acuerdo de Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de dicha entidad federativa, en el que se negó al actor el registro como candidato independiente al cargo de Gobernador del citado estado, por incumplir con el porcentaje mínimo de respaldo ciudadano exigido legalmente.
La resolución emitida por la Secretaria Técnica del Consejo Distrital I del Instituto Electoral del Estado de Querétaro en el recurso de reconsideración IEEQ/R/CD-I/006/2015-P, en virtud de que el escrito de impugnación del actor fue presentado fuera del plazo legal.
La sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León, en el juicio de inconformidad local JI-053/2015, relacionada con el financiamiento público y privado de los candidatos independientes.
El acuerdo CE/2015/029 de veinte de abril de dos mil quince, emitido por el Consejo Estatal del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco, relativo al registro supletorio de las candidaturas a diputados, presidentes municipales y regidores por el principio de mayoría relativa y de las candidaturas a diputados y regidores por el principio de representación proporcional, en la entidad referida.
La resolución emitida por la Sala Regional Xalapa SX-JDC-303/2015 por la que confirmo el acuerdo A19/INE/VER/CD08/04-04-15 dictado por el 08 Consejo Distrital del Instituto Nacional Electoral en el Estado de Veracruz, por el que desechó la solicitud de registro presentada por el actor para contender como candidato no registrado a diputado federal por el principio de mayoría relativa en el distrito electoral 08, con cabecera en Xalapa, Veracruz.
El acuerdo A19/INE/VER/CD08/04-04-15 dictado por el 08 Consejo Distrital del Instituto Nacional Electoral en el Estado de Veracruz por el que desechó la solicitud de registro presentada por el actor para contender como candidato ciudadano a diputado federal por el principio de mayoría relativa en el distrito electoral 08, con cabecera en Xalapa, Veracruz.