Candidaturas

LAS CANDIDATURAS INDEPENDIENTES EN EL PROCESO ELECTORAL 2014-2015

Sentencias TEPJF

Expediente: SUP-JE-21/2016
Actores: JOSÉ LUIS LEAL SUÁREZ
Fecha de resolución: Martes, Marzo 29, 2016
Autoridades responsables: TRIBUNAL ELECTORAL DE QUINTANA ROO
Acto impugnado:

La resolución de quince de marzo de dos mil dieciséis, en el expediente JIN/005/2016, del Tribunal Electoral de Quintana Roo, que revocó el acuerdo IEQROO/CG/A-044/2016, emitido por el Consejo General del Instituto Electoral de esa Entidad Federativa, que aprobó la solicitud de registro del actor como aspirante a candidato independiente a Gobernador de esa entidad federativa.

Sentido:
PRIMERO. Es IMPROCEDENTE el juicio electoral promovido por José Luis Leal Suárez, contra la resolución dictada por el Tribunal Electoral de Quintana Roo, en el expediente JIN/005/2016. SEGUNDO. Se REENCAUZA el presente medio de impugnación a juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, previsto en la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral. TERCERO. Remítanse los autos a la Secretaría General de Acuerdos de esta Sala Superior, a fin de que haga las anotaciones pertinentes, y una vez efectuado lo anterior, devuelva los autos al Magistrado Ponente, para los efectos legales procedentes.
SUP-JE-21/2016
Expediente: SM-JDC-37/2016
Actores: MANUEL PÉREZ GÓMEZ
Fecha de resolución: Martes, Marzo 29, 2016
Autoridades responsables: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DE TAMAULIPAS
Acto impugnado:

Acuerdo IETAM/CG-49/2016, emitido el diecinueve de marzo de ese año por el Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas, a través del cual se declaró improcedente su registro como candidato independiente al ayuntamiento de Ciudad Madero, por incumplir con el porcentaje de apoyo ciudadano exigido.

Sentido:
Único. Se reencauza la presente impugnación como recurso de defensa de derechos político-electorales del ciudadano, al Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas para que, dentro del plazo de tres días contados a partir de que cuente con el expediente debidamente integrado, resuelva lo que en derecho corresponda conforme a sus atribuciones, debiendo informar de su cumplimiento dentro de las veinticuatro horas siguientes a que ello suceda.
SM-JDC-37/2016
Expediente: SM-JDC-38/2016
Actores: SEBASTIÁN DOMÍNGUEZ SILVAN
Fecha de resolución: Martes, Marzo 29, 2016
Autoridades responsables: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DE TAMAULIPAS
Acto impugnado:

Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas, mediante el cual determinó la improcedencia de la declaratoria del actor para su registro como candidato independiente a integrar el ayuntamiento de Altamira, en la referida entidad federativa, lo anterior con base en que el demandante incumplió con el requisito relativo al número de apoyos ciudadanos.

Sentido:
Único. Se reencauza la presente impugnación como recurso de defensa de derechos político-electorales del ciudadano, al Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas para que, dentro del plazo de tres días contados a partir de que cuente con el expediente debidamente integrado, resuelva lo que en derecho corresponda conforme a sus atribuciones, debiendo informar de su cumplimiento dentro de las veinticuatro horas siguientes a que ello suceda.
SM-JDC-38/2016
Expediente: SM-JDC-39/2016
Actores: RENÉ GARCÍA ESPINOZA
Fecha de resolución: Martes, Marzo 29, 2016
Autoridades responsables: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DE TAMAULIPAS
Acto impugnado:

Acuerdo IETAM/CG-63/2016, emitido el diecinueve de marzo del año en curso por el Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas, mediante el cual se declaró improcedente el registro del actor como candidato independiente a la diputación del distrito 18 de Altamira, en ese Estado, por incumplir con el porcentaje de apoyo ciudadano exigido.

Sentido:
Único. Se reencauza la presente impugnación como recurso de defensa de derechos político-electorales del ciudadano, al Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas para que, dentro del plazo de tres días contados a partir de que cuente con el expediente debidamente integrado, resuelva lo que en derecho corresponda conforme a sus atribuciones, debiendo informar de su cumplimiento dentro de las veinticuatro horas siguientes a que ello suceda.
SM-JDC-39/2016
Expediente: SM-JDC-40/2016
Actores: CARLOS ELIUD PÉREZ GONZÁLEZ
Fecha de resolución: Martes, Marzo 29, 2016
Autoridades responsables: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DE TAMAULIPAS
Acto impugnado:

Acuerdo IETAM/CG-49/2016, de diecinueve de marzo de esa anualidad, emitido por el Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas, mediante el cual se declaró improcedente el registro del ahora actor como candidato independiente a diputado local por el distrito 12 de Matamoros, por incumplir con el porcentaje de apoyo ciudadano exigido.

Sentido:
Único. Se reencauza la presente impugnación como recurso de defensa de derechos político-electorales del ciudadano, al Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas para que, dentro del plazo de tres días contados a partir de que cuente con el expediente debidamente integrado, resuelva lo que en derecho corresponda conforme a sus atribuciones, debiendo informar de su cumplimiento dentro de las veinticuatro horas siguientes a que ello suceda.
SM-JDC-40/2016
Expediente: SM-JDC-41/2016
Actores: MANUEL HERIBERTO SANTILLÁN MARTÍNEZ
Fecha de resolución: Martes, Marzo 29, 2016
Autoridades responsables: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DE TAMAULIPAS
Acto impugnado:

Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas, a través del cual determinó la improcedencia de la declaratoria para el registro del actor como candidato independiente a diputado local por el distrito 19, en la señalada entidad federativa, con base en el incumplimiento de la presentación de un determinado número de apoyos ciudadanos.

Sentido:
Único. Se reencauza la presente impugnación como recurso de defensa de derechos político-electorales del ciudadano, al Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas para que, dentro del plazo de tres días contados a partir de que cuente con el expediente debidamente integrado, resuelva lo que en derecho corresponda conforme a sus atribuciones, debiendo informar de su cumplimiento dentro de las veinticuatro horas siguientes a que ello suceda.
SM-JDC-41/2016
Expediente: SX-JDC-104/2016
Actores: BERZAÍN RODRIGO VÁZQUEZ COUTIÑO Y OTROS
Fecha de resolución: Miércoles, Marzo 23, 2016
Autoridades responsables: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DE QUINTANA ROO
Acto impugnado:

Convocatoria de fecha dieciséis de febrero de dos mil dieciséis, emitida por el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, para participar como aspirantes y candidatos independientes en el proceso electoral ordinario 2016, así como el acuerdo que determinó improcedente el registro de la planilla de aspirantes a candidatos independientes a miembros del ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, encabezada por el actor, para el citado proceso electoral.

Sentido:
ÚNICO. Se confirma el acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, que determinó improcedente el registro de la planilla de aspirantes a candidatos independientes a miembros del ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, encabezada por el ciudadano Berzain Rodrigo Vázquez Coutiño, para el proceso electoral ordinario 2016.
SX-JDC-104/2016
Expediente: SUP-JDC-1181/2016
Actores: JOSÉ JORGE MORENO DURÁN
Fecha de resolución: Martes, Marzo 22, 2016
Autoridades responsables: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO TLAXCALTECA DE ELECCIONES
Acto impugnado:

El acuerdo ITE-CG 26/2016, emitido por el Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones, por el cual se le negó el registro como candidato independiente al cargo de Gobernador en el Estado para el proceso electoral 2015-2016, con base en el incumplimiento del porcentaje requerido de apoyo ciudadano.

Sentido:
ÚNICO. Se revoca en la materia de la impugnación el acuerdo ITE-CG 26/2016 de quince de marzo del presente año, para los efectos precisados en la parte final de la ejecutoria.
SUP-JDC-1181/2016
Expediente: SUP-JDC-1004/2016
Actores: JOSÉ GERARDO RODOLFO FERNÁNDEZ NOROÑA Y BALFRE VARGAS CORTÉS
Fecha de resolución: Martes, Marzo 22, 2016
Autoridades responsables: DIRECCION EJECUTIVA DE PRERROGATIVAS Y PARTIDOS POLITICOS DEL INSTITUTO
Acto impugnado:

El oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/0968/2016, de cinco de marzo de dos mil dieciséis, emitido por el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, por el cual se tuvo por no presentada la manifestación de intención de José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña de postularse como candidato independiente a Diputado de la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México.

Sentido:
ÚNICO. Se confirma el oficio impugnado.
SUP-JDC-1004/2016
Expediente: SUP-JDC-1009/2016
Actores: JOSÉ GERARDO RODOLFO FERNÁNDEZ NOROÑA Y BALFRE VARGAS CORTÉS
Fecha de resolución: Martes, Marzo 22, 2016
Autoridades responsables: CONSEJO GENERAL Y DIRECCION EJECUTIVA DE PRERROGATIVAS Y PARTIDOS
Acto impugnado:

Los Lineamientos y la Convocatoria para la elección de sesenta diputados para integrar la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México, así como el oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/0968/2016, este último por el cual se tenía por no presentada su manifestación de intención de postularse como candidato independiente a Diputado de la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México.

Sentido:
UNICO. Se desecha de plano la demanda.
SUP-JDC-1009/2016