Candidaturas

LAS CANDIDATURAS INDEPENDIENTES EN EL PROCESO ELECTORAL 2014-2015

Sentencias TEPJF

Expediente: SM-JDC-141/2016
Actores: JOSÉ LUIS ÁLVAREZ SÁNCHEZ
Fecha de resolución: Viernes, Abril 29, 2016
Autoridades responsables: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE AGUASCALIENTES
Acto impugnado:

Acuerdo CG-R-45/16, de fecha veintisiete de marzo de dos mil dieciséis, emitido por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes que aprobó diverso registro para la renovación del Congreso local de Aguascalientes por el distrito XIII. 

Sentido:
ÚNICO. Se desecha de plano la demanda promovida por José Luis Álvarez Sánchez en contra del acuerdo CG-R-45/16 del Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes.
SM-JDC-141/2016
Expediente: SM-JDC-142/2016
Actores: JOSÉ LUIS ÁLVAREZ SÁNCHEZ
Fecha de resolución: Viernes, Abril 29, 2016
Autoridades responsables: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE AGUASCALIENTES
Acto impugnado:

Acuerdo CG-R-46/16, aprobado por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes, a través del cual se resuelve respecto de la solicitud de registro de la fórmula integrada por Beatriz Bermúdez Sánchez y Blanca Moreno Valdez, como candidatos independientes propietario y suplente, respectivamente, al cargo de diputado por el principio de mayoría relativa del distrito electoral uninominal XIII, siendo de advertir que la demanda incoada carece de firma autógrafa.

Sentido:
ÚNICO. Se desecha de plano la demanda.
SM-JDC-142/2016
Expediente: SG-JDC-100/2016
Actores: HÉCTOR GUILLERMO GUTIÉRREZ BERTRAM
Fecha de resolución: Jueves, Abril 28, 2016
Autoridades responsables: X CONSEJO DISTRITAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE BAJA CALIFORNIA
Acto impugnado:

Punto de acuerdo de tres de abril de dos mil dieciséis, emitido por el X Consejo Distrital Electoral del Instituto Estatal Electoral de Baja California, relativo a los resultados de la obtención del apoyo ciudadano de las fórmulas presentadas por los C.C. Héctor Guillermo Gutiérrez Bertram, Juan Gerardo Gutiérrez Pérez, propietario y suplente, respectivamente, aspirantes a candidato independiente al cargo de diputados por el principio de mayoría relativa ante ese distrito electoral de Baja California, y por el que se resolvió que el actor no cumplió con el porcentaje mínimo requerido por la Ley que Reglamenta las Candidaturas Independientes.

Sentido:
ÚNICO. Se revoca el acuerdo impugnado para los efectos precisados en la presente ejecutoria.
SG-JDC-100/2016
Expediente: SUP-JDC-1551/2016
Actores: RICARDO ANDRÉS PASCOE PIERCE Y FACUNDO GONZÁLEZ BÁRCENAS
Fecha de resolución: Miércoles, Abril 27, 2016
Autoridades responsables: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Acto impugnado:

El acuerdo del consejo general del instituto nacional electoral identificado con la clave INE/CG203/2016, relativo a la solicitud de registro de fórmula de candidatos independientes a diputados por el principio de representación proporcional para integrar la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México, presentada por los ciudadanos Ricardo Andrés Pascoe Pierce y Facundo González Bárcenas.

Sentido:
ÚNICO. Se revoca el acuerdo impugnado, para los efectos precisados en el considerando CUARTO de esta ejecutoria.
SUP-JDC-1551/2016
Expediente: SUP-JDC-1553/2016
Actores: ELISEO ROSALES ÁVALOS
Fecha de resolución: Miércoles, Abril 27, 2016
Autoridades responsables: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Acto impugnado:

El acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral sobre la solicitud de registro de fórmula de candidatos independientes a diputados por el principio de representación proporcional para integrar la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México, presentada por los ciudadanos Eliseo Rosales Ávalos y Carmen Martínez Cortés.

Sentido:
ÚNICO. Se revoca el acuerdo impugnado, para los efectos precisados en el considerando CUARTO de esta ejecutoria.
SUP-JDC-1553/2016
Expediente: SUP-JDC-1556/2016
Actores: JUAN MARTÍN SANDOVAL DE ESCURDIA Y VALENTÍN DE LA ROSA SÁNCHEZ
Fecha de resolución: Miércoles, Abril 27, 2016
Autoridades responsables: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Acto impugnado:

El acuerdo INE/CG212/2016, emitido el diecisiete de abril de dos mil dieciséis, por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral identificado con la clave relativo a la solicitud de registro de fórmula de candidatos independientes a diputados por el principio de representación proporcional para integrar la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México, presentada por los ciudadanos Juan Martín Sandoval de Escurdia y Valentín de la Rosa Sánchez.

Sentido:
ÚNICO. Se revoca el acuerdo impugnado, para los efectos precisados en el considerando CUARTO de esta ejecutoria.
SUP-JDC-1556/2016
Expediente: SUP-JDC-1550/2016
Actores: JORGE EDUARDO PASCUAL LÓPEZ
Fecha de resolución: Miércoles, Abril 27, 2016
Autoridades responsables: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Acto impugnado:

El acuerdo alfanumérico INE/CG207/2016, relativo a la solicitud de registro de fórmula de candidatos independientes a diputados por el principio de representación proporcional para integrar la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México, presentada por el actor Jorge Eduardo Pascual López y y la ciudadana Alma Tania Vite Torres.

Sentido:
ÚNICO. Se revoca el acuerdo impugnado, para los efectos precisados en la parte final de esta ejecutoria.
SUP-JDC-1550/2016
Expediente: ST-JDC-66/2016
Actores: ANDRÉS GILDARDO OCÁDIZ IBARRA
Fecha de resolución: Viernes, Abril 22, 2016
Autoridades responsables: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE HIDALGO
Acto impugnado:

Acuerdos CG/30/2015, de treinta de abril, CG/54/2015, de uno de octubre, y CG/98/2015, de veintinueve de diciembre, todos del dos mil quince, además del diverso CG/018/2016, de quince de febrero de dos mil dieciséis, relativos, respectivamente, a las reglas de operación para el registro de candidaturas independientes; a la convocatoria del proceso electoral 2015-2016, para los aspirantes a candidatas y candidatos independientes para los cargos de gobernadora o gobernador, diputadas o diputados, e integrantes de los ayuntamientos del Estado de Hidalgo, así como los estatutos para la asociación civil y formatos correspondientes; los lineamientos generales del sistema de registro y verificación de cédulas de apoyo de aspirantes a candidatos independientes para el proceso electoral local 2015-2016, y, el referente a las manifestaciones de intención de los aspirantes a candidatas y candidatos independientes para integrar los ayuntamientos en el Estado de Hidalgo.

Sentido:
PRIMERO. Se modifica, en términos de lo razonado en el considerando cuarto, apartado 5, del presente fallo, la sentencia de once de marzo dos mil dieciséis, dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo en el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano TEEH-JDC-008/2016. SEGUNDO. Se vincula al Instituto Estatal Electoral de Hidalgo en los términos y para los efectos precisados en el considerando cuarto, apartado 5, de la presente resolución.
ST-JDC-66/2016
Expediente: SG-JDC-81/2016
Actores: IGNACIO ANAYA BARRIGUETE
Fecha de resolución: Viernes, Abril 22, 2016
Autoridades responsables: TRIBUNAL DE JUSTICIA ELECTORAL DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
Acto impugnado:

Sentencia de fecha treinta de marzo de dos mil dieciséis, dictada por el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California, en el expediente RA-026/2016, que confirmaba el oficio CDE/X/148/2016, de siete de marzo de la misma anualidad, emitido por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California, mediante el cual se dió a conocer al actor que no reunía la cantidad mínima de apoyo ciudadano para poder registrarse como candidato independiente a diputado.

Sentido:
PRIMERO. Se revoca la sentencia impugnada. SEGUNDO. Se inaplica, al caso concreto, la disposición contenida en el artículo 14, fracción III, párrafo primero, de la Ley que Reglamenta las Candidaturas Independientes en el Estado de Baja California, consistente en exigir que la cédula de respaldo de los aspirantes al cargo de diputado de mayoría relativa por la vía independiente contenga un 3% de firmas de los ciudadanos incluidos en la lista nominal, para el efecto de que el porcentaje a cumplir sea del 2.5%. TERCERO. Se revoca el oficio primigeniamente impugnado. CUARTO. Se ordena al Consejo Distrital X del Instituto Estatal Electoral de Baja California que realice las conductas precisadas en los efectos de esta ejecutoria. QUINTO. Se ordena informar a la Sala Superior sobre la inaplicación decretada por esta Sala Regional, para los efectos constitucionalmente previstos.
SG-JDC-81/2016
Expediente: SG-JDC-89/2016
Actores: FABIÁN CUADRAS LOUBET y XAVIER DAVIDT ARREDONDO GARIBALDI
Fecha de resolución: Viernes, Abril 22, 2016
Autoridades responsables: 05 CONSEJO DISTRITAL ELECTORAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE SINALOA
Acto impugnado:

La determinación de treinta y uno de marzo de dos mil dieciséis, por la que el Consejo Distrital responsable tuvo por no aprobado el registro de la fórmula integrada por los actores a la candidatura independiente al cargo de diputados de mayoría relativa –propietario y suplente– por el Distrito Electoral local respectivo, con Cabecera en la Ciudad de los Mochis, Sinaloa, lo anterior por no haber presentado el porcentaje de firmas solicitadas.

Sentido:
ÚNICO. Se revoca el acuerdo impugnado para los efectos precisados en la parte final de la presente sentencia.
SG-JDC-89/2016