Candidaturas

LAS CANDIDATURAS INDEPENDIENTES EN EL PROCESO ELECTORAL 2014-2015

Sentencias TEPJF

Expediente: SX-JDC-153/2016
Actores: EMILIANO JOAQUÍN OLIVA ALAMILLA
Fecha de resolución: Miércoles, Mayo 4, 2016
Autoridades responsables: TRIBUNAL ELECTORAL DE QUINTANA ROO
Acto impugnado:

Sentencia de fecha catorce de abril de dos mil dieciséis, dictada por el Tribunal Electoral de Quintana Roo, en el expediente JDC/015/2016, por el  que confirmó el acuerdo IEQROO/CG/A-088-16, aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral de esa entidad federativa, por el que se declaró desierto el proceso de selección de candidatos independientes en el Distrito Electoral 14, en que participó el actor.

Sentido:
ÚNICO. Se confirma, la resolución de catorce de abril de dos mil dieciséis, emitida por el Tribunal Electoral de Quintana Roo, en los autos del expediente JDC/015/2016, que confirmó el acuerdo IEQROO/CG/A-088-16, aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral de la referida entidad, mediante el cual, entre otras cuestiones, declaró desierto el proceso de selección de candidatos independientes en el Distrito Electoral 14, para el proceso electoral local ordinario.
SX-JDC-153/2016
Expediente: SX-JDC-154/2016
Actores: RUBÉN MORENO ARCHER
Fecha de resolución: Miércoles, Mayo 4, 2016
Autoridades responsables: CONSEJO GENERAL DEL ORGANISMO PÚBLICO LOCAL ELECTORAL DEL ESTADO DE VERACRUZ
Acto impugnado:

Acuerdo A102/OPLE/VER/CG/16-04-16, emitido por el Consejo General del Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz, relativo a la procedencia de las y los aspirantes a candidatos independientes al cargo de diputado por el principio de mayoría relativa, que tendrán derecho a solicitar su registro para contender en el proceso electoral 2015-2016.

Sentido:
PRIMERO. Se revoca, en lo que fue materia de impugnación, el Acuerdo A102/OPLE/VER/CG/16-04-16 del Consejo General del Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz. SEGUNDO. Se ordena al citado Consejo General que dé cumplimiento a esta sentencia en los términos precisados en el Considerando Sexto de esta ejecutoria. TERCERO. El Consejo General en cita deberá hacer del conocimiento de esta Sala Regional el cumplimiento dado a la sentencia dentro de las veinticuatro horas siguientes a que ello ocurra. CUARTO. Se apercibe a los integrantes del referido Consejo General que de no cumplir esta sentencia en los plazos y términos precisados con antelación, se les aplicará alguna de las medidas de apremio contempladas en los artículos 32 y 33 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
SX-JDC-154/2016
Expediente: SX-JDC-160/2016
Actores: VICTORIA GUTIÉRREZ PÉREZ
Fecha de resolución: Miércoles, Mayo 4, 2016
Autoridades responsables: CONSEJO GENERAL DEL ORGANISMO PÚBLICO LOCAL ELECTORAL DEL ESTADO DE VERACRUZ
Acto impugnado:

Acuerdo A102/OPLE/VER/CG/16-04-16, emitido por el Consejo General del Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz, relativo a la procedencia de las y los aspirantes a candidatos independientes al cargo de diputado por el principio de mayoría relativa, que tendrán derecho a solicitar su registro para contender en el proceso electoral 2015-2016.

Sentido:
PRIMERO. Se revoca, en lo que fue materia de impugnación, el Acuerdo A102/OPLE/VER/CG/16-04-16 del Consejo General del Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz. SEGUNDO. Se ordena al citado Consejo General que dé cumplimiento a esta sentencia en los términos precisados en el Considerando Sexto de esta ejecutoria. TERCERO. El Consejo General en cita deberá hacer del conocimiento de esta Sala Regional el cumplimiento dado a la sentencia dentro de las veinticuatro horas siguientes a que ello ocurra. CUARTO. Se apercibe a los integrantes del referido Consejo General que de no cumplir esta sentencia en los plazos y términos precisados con antelación, se les aplicará alguna de las medidas de apremio contempladas en los artículos 32 y 33 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
SX-JDC-160/2016
Expediente: SG-JDC-105/2016
Actores: CARLOS ATILANO PEÑA
Fecha de resolución: Miércoles, Mayo 4, 2016
Autoridades responsables: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE BAJA CALIFORNIA
Acto impugnado:

Punto de acuerdo aprobado por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California, en fecha dos de abril de dos mil dieciséis, relativo a los resultados de la obtención de apoyo ciudadano del actor en su carácter de aspirante a candidato independiente al cargo de munícipe por el ayuntamiento de Tijuana, Baja Califormia.

Sentido:
ÚNICO. Se revoca el acuerdo impugnado para los efectos precisados en la presente ejecutoria.
SG-JDC-105/2016
Expediente: SG-JDC-113/2016
Actores: FEDERICO PIÑÓN FRÍAS
Fecha de resolución: Miércoles, Mayo 4, 2016
Autoridades responsables: CONSEJO ESTATAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE CHIHUAHUA
Acto impugnado:

Acuerdo IEE/C70/2016, de fecha nueve de abril de dos mil dieciséis, aprobado por el Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, a través del cual resolvió que los aspirantes que integran la fórmula encabezada por Federico Piñón Frías, no cumplieron con el porcentaje mínimo de apoyo ciudadano exigido por la Ley Electoral de la referida entidad federativa, para acceder a la candidatura independiente a diputados por el distrito electoral 17.

Sentido:
ÚNICO. Se revoca la resolución IEE/CE70/2016, para los efectos precisados en el considerando último de la presente ejecutoria.
SG-JDC-113/2016
Expediente: SUP-JDC-1548/2016
Actores: XAVIER GONZÁLEZ ZIRIÓN
Fecha de resolución: Miércoles, Mayo 4, 2016
Autoridades responsables: COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA UNIÓN Y OTRAS
Acto impugnado:

El Decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de la Reforma política de la Ciudad de México y diversos acuerdos del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, siendo el actor candidato independiente a diputado a la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México.

Sentido:
PRIMERO. Se sobresee el juicio ciudadano respecto del acto precisado en el considerando Segundo de la presente ejecutoria. SEGUNDO. Se confirman en la materia de impugnación, los acuerdos INE/CG53/2016 e INE/CG76/2016, emitidos por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral.
SUP-JDC-1548/2016
Expediente: SG-JDC-148/2016
Actores: ARTURO JOSÉ VALENZUELA ZORRILLA
Fecha de resolución: Miércoles, Mayo 4, 2016
Autoridades responsables: TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE CHIHUAHUA
Acto impugnado:

Resolución de siete de abril de dos mil dieciséis, dictada por el Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, en el expediente JDC-38/2016, que desechó el juicio ciudadano local ante el Instituto Electoral del Estado de Chihuahua, a fin de controvertir la inminente aplicación de lo establecido en los artículos 205, numeral 1, inciso d) y 220, numeral 1, inciso b) de la Ley, y por ende, su negativa de registro como candidato independiente, al considerarse que se promovió contra actos futuros e inciertos, y como consecuencia de ello, que el actor careció de interés jurídico y legítimo.

Sentido:
ÚNICO. Se confirma la sentencia impugnada.
SG-JDC-148/2016
Expediente: SG-JDC-149/2016
Actores: ARTURO JOSÉ VALENZUELA ZORRILLA
Fecha de resolución: Miércoles, Mayo 4, 2016
Autoridades responsables: CONSEJO ESTATAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE CHIHUAHUA
Acto impugnado:

Acuerdo IEE/C69/2016, de fecha nueve de abril de dos mil dieciséis, aprobado por el Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, en el cual se determinó que los aspirantes que integran la planilla encabezada por Arturo José Valenzuela Zorrilla, no cumplen con el porcentaje mínimo de apoyo ciudadano exigido por la Ley Electoral de ese Estado, para acceder a la candidatura independiente a miembros del Ayuntamiento de Juárez.

Sentido:
ÚNICO. Se confirma la resolución impugnada.
SG-JDC-149/2016
Expediente: SG-JDC-150/2016
Actores: MÓNICA GUADALUPE REYES GALLEGOS
Fecha de resolución: Lunes, Mayo 2, 2016
Autoridades responsables: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE CHIHUAHUA
Acto impugnado:

Resolución IEE/CE60/2016, de nueve de abril de dos mil dieciséis, emitido por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, a través del cual se negó el registro de la fórmula de candidatos independientes encabezada por la actora, para el cargo de diputado local en el distrito XVIII, de esa entidad federativa.

Sentido:
ÚNICO. Se revoca la resolución impugnada para los efectos precisados en la presente ejecutoria.
SG-JDC-150/2016
Expediente: SM-JDC-134/2016 Y SU ACUMULADO SM-JDC-135/2016
Actores: EDGAR ALAN PRADO GÓMEZ Y PEDRO ALEJANDRO BERENGUER IBARRONDO
Fecha de resolución: Viernes, Abril 29, 2016
Autoridades responsables: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE AGUASCALIENTES
Acto impugnado:

Acuerdo CG-A-26/16, de treinta y uno de marzo de esa anualidad, aprobado por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes, a través del cual se aprobó la distribución del financiamiento público para gastos de campaña de los candidatos independientes.

Sentido:
PRIMERO. Se acumula el expediente SM-JDC-135/2016 al diverso SM-JDC-134/2016, debiendo glosarse copia certificada de los puntos resolutivos de la presente sentencia a los autos del expediente acumulado. SEGUNDO. Se sobresee en el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano SM-JDC-135/2016, promovido por Pedro Alejandro Berenguer Ibarrondo. TERCERO. Se confirma, en la materia de impugnación el acuerdo CG-A-26/16 por el que se aprobó la distribución del financiamiento público para gastos de campaña de los candidatos independientes.
SM-JDC-134/2016 Y SU ACUMULADO SM-JDC-135/2016