Resolución dictada por la Sala Uniinstancial, en el expediente SU-JDC-464/2013, que entre otras cuestiones, ordenó el registro de diversos ciudadanos como candidatos independientes a regidores de los Ayuntamientos de Sombrerete, Villa García y Zacatecas.
La sentencia de veintitrés de mayo de dos mil trece emitida por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Tercera Circunscripción Plurinominal, con sede en Xalapa, Veracruz, en el juicio de revisión constitucional electoral identificado con la clave SX-JRC-68/2013 relacionada con la declaración del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo sobre quienes tuvieron derecho a solicitar su registro como candidatos independientes en la modalidad de miembros del ayuntamiento.
El acuerdo ACRT/30/2013 emitido por el Comité de Radio y Televisión del Instituto Federal Electoral, por el que se modifican los acuerdos ACRT/17/2013 y ACRT/27/2013, en cumplimiento de la ejecutoria dictada por este órgano jurisdiccional, el ocho de mayo del año en curso en el expediente SUP-RAP-53/2013.
La sentencia de quince de mayo de dos mil trece, dictada por el Tribunal de Justicia Electoral del Poder Judicial del Estado de Baja California, que confirmó la negativa del registro del actor como candidato independiente a Gobernador en esa entidad federativa, decretada por el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Baja California.
Sentencia dictada por el Tribunal de Justicia Electoral del Poder Judicial del Estado de Baja California, en los expedientes RI-040/2013 y acumulados, que entre otras cuestiones, confirmó los acuerdos del respectivo Consejo General y diversos Consejos Distritales del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de ese estado, para resolver las solicitudes de registro de candidatos independientes a diputados por mayoría relativa, gobernador y munícipes por Baja California.
Notifican acuerdo dictado por el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el expediente varios 237/2013 por el que remite el escrito signado por Guillermina Arias León, quien solicita al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ejerza la facultad de atracción respecto del expediente SUP-SFA-4/2013.
Omisión del Instituto Electoral del Estado de Puebla de registrar a los ahora actores, como candidatos independientes a diputados locales, en el 14 distrito electoral, en Tehuacán, dentro del proceso electoral local.
La omisión del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, de modificar o actualizar el acuerdo IEQROO/CG/A-028-13, por el cual se aprobó los topes de gastos a que estarán sujetos los aspirantes a candidatos de los partidos políticos y coaliciones durante las precampañas electorales, así como los aspirantes a candidatos independientes durante la etapa de respaldo ciudadano, en el proceso electoral local ordinario dos mil trece.
La negativa de registro como candidata independiente al cargo de Gobernador del Estado de Baja California en el proceso electoral dos mil trece, por parte del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Baja California.
El "ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR EL QUE SE MODIFICA EL ACUERDO IDENTIFICADO CON EL NÚMERO JGE44/2013, CON MOTIVO DE LA PROPUESTA DEL MODELO DE DISTRIBUCIÓN DEL TIEMPO EN RADIO Y TELEVISIÓN PARA LOS CANDIDATOS INDEPENDIENTES DURANTE LAS CAMPAÑAS, EN EL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO DOS MIL TRECE A CELEBRARSE EN EL ESTADO DE ZACATECAS.", así como en contra del diverso acuerdo ACRT/27/2013, intitulado "ACUERDO DEL COMITÉ DE RADIO Y TELEVISIÓN DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR EL QUE SE MODIFICA EL ACUERDO IDENTIFICADO CON EL NÚMERO ACRT/17/2013, CON MOTIVO DEL REGISTRO DE UNA COALICIÓN TOTAL ANTE EL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE ZACATECAS."