Acuerdo IEEM/CG/77/2017, de fecha dos de abril de dos mil diecisiete, emitido por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, mediante el cual se determinó tener por no presentada la solicitud de registro del actor como candidato independiente a la Gubernatura del Estado de México, con base en el incumplimiento del apoyo ciudadano.
Acuerdo IEEM/CG/81/2017, de fecha dos de abril de dos mil diecisiete, emitido por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, por el que se da por concluido el Procedimiento de Registro del ciudadano Marciano Javier Ramírez Trinidad, aspirante a Candidato Independiente al cargo de Gobernador del Estado de México, para el periodo comprendido del 16 de septiembre de 2017 al 15 de septiembre de 2023, por no presentar su solicitud de registro.
Acuerdo IEEM/CG/80/2017, de dos de abril de dos mil diecisiete, emitido por Consejo General del Instituto Local, por el cual se tuvo por no presentada la solicitud de registro del ciudadano Vicente Sánchez Fabila, como Candidato Independiente a la Gubernatura del Estado de México, para el periodo comprendido de 2017 a 2023.
Resolución de diez de abril de dos mil diecisiete, dictada por Tribunal Electoral de Veracruz, respecto de la sentencia de la Sala Regional Xalapa de revocar la diversa del Órgano Judicial electoral local en el incidente de incumplimiento JDC 207/2016 INC-2, ordenando a esa Jurisdicción local pronunciamiento al cumplimiento de la sentencia dictada el cuatro de enero de dos mil diecisiete, en el expediente JDC 207/2016, y de la resolución incidental del expediente JDC 207/2016-INC.
La sentencia en el juicio para la protección de los derechos político-electorales de los ciudadanos número 45/2017, de fecha cuatro de abril de dos mil diecisiete, dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza, en relación con el Acuerdo IEC/CG/098/2017, de veinticuatro de marzo de la misma anualidad, emitido por el Consejo Local, que determinó improcedente el registro de Rosalinda Arredondo Esquivel como candidata independiente en la elección de la gubernatura. Lo anterior en razón de que no había reunido el respaldo suficiente, pues –con apoyo en la verificación realizada por la autoridad electoral– solamente había obtenido veintisiete mil setecientos setenta (27,770) apoyos válidos de las treinta mil, ciento treinta y cuatro (30,134) necesarias.
La supuesta omisión del Tribunal Estatal Electoral de Nayarit de resolver el juicio TEE-JDCN-07/2017, promovido por el actor en contra del acuerdo IEEN-CLE-011/2017, de fecha dieciséis de enero de dos mil diecisiete, emitido por el Consejo Local del Instituto Electoral de ese Estado, mediante el cual se aprobó el Manual de Candidaturas Independientes de ese Instituto.
Acuerdo IEEN-CLE-024/2017, emitido por el Consejo Local Electoral del Instituto Estatal Electoral de Nayarit, a través del cual se establece el tope de gastos de precampaña y campaña por precandidato y aspirante a candidatura independiente, así como los topes de gastos de campaña para el proceso electoral local ordinario 2017, y que, vía per saltum, pretende el accionante sea conocido por la Sala Superior de esa Jurisdicción Electoral Federal.
Resolución de veintidós de marzo de dos mil diecisiete, emitida por el Consejo Local del Instituto Nacional Electoral en Veracruz, en el recurso de revisión INE-RSC/CL/VER/3/2017, por la que se estableció que no era procedente el registrar representante de aspirante a candidato independiente con derecho a voz ante el Consejo Distrital.
Resolución de veintinueve de marzo de dos mil diecisiete, dictada por el Tribunal Electoral de Veracruz, en el expediente JDC50/2017, a través de la cual se confirma el acuerdo OPLEV/CG044/2017, de veintiocho de febrero de dos mil diecisiete, emitido por el Consejo General del Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz, en repuesta a la consulta-petición, respecto a que el representante de la actora integre el Consejo Municipal de Nautla, Veracruz, con derecho a voz.
Sentencia de primero de abril de dos mil diecisiete, dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza, relativa a la impugnación del acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de esa entidad federativa que declaró improcedente la solicitud del actor para participar como candidato independiente al cargo de diputado en el Distrito Uninominal 14 de ese Estado.