Candidaturas

LAS CANDIDATURAS INDEPENDIENTES EN EL PROCESO ELECTORAL 2014-2015

Sentencias TEPJF

Expediente: SX-JDC-480/2017
Actores: ENRIQUE ROMERO AQUINO
Fecha de resolución: Miércoles, Mayo 31, 2017
Autoridades responsables: CONSEJO GENERAL DEL ORGANISMO PÚBLICO LOCAL ELECTORAL DE VERACRUZ Y OTRO
Acto impugnado:

Oficio OPLEV/DEPPP-903/2017, de once de mayo de dos mil diecisiete, emitido por el Consejo General del Organismo Público Local Electoral de Veracruz, a través del cual se notificó al actor la resolución INE/CG131/2017, de veintiséis de abril de la misma anualidad, del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, relativa a las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes de campaña de los ingresos y gastos para el desarrollo de las actividades para la obtención de apoyo ciudadano de los aspirantes al cargo de ayuntamientos, correspondiente al proceso local electoral ordinario 2016-2017, en Veracruz, y en la que le impuso al actor una sanción pecuniaria.

Sentido:
ÚNICO. Se confirma, en lo que fue materia de impugnación, la resolución INE/GC131/2017 emitida por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral respecto de las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes de campaña de los ingresos y gastos para el desarrollo de las actividades para la obtención de apoyo ciudadano de los aspirantes al cargo de ayuntamientos, correspondiente al proceso local electoral ordinario 2016-2017, en el estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
SX-JDC-480/2017
Expediente: SG-JDC-53/2017
Actores: JORGE RICHARDI ROCHÍN
Fecha de resolución: Jueves, Mayo 25, 2017
Autoridades responsables: TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE NAYARIT
Acto impugnado:

La omisión del Tribunal Estatal Electoral de Nayarit, de dictar sentencia en el juicio TEE-JDCN-33/2017, a través del cual el actor controvirtió el acuerdo IEEN-CLE-024/2017, de ocho de febrero de esa anualidad, emitido por el Consejo Local del Instituto Estatal Electoral de la citada entidad federativa, por el que se aprobaron los topes de gastos de precampaña por precandidato y aspirante a candidatura independiente, y los topes de gastos de campaña para el proceso electoral local ordinario 2017.

Sentido:
ÚNICO.- Se desecha de plano el presente juicio ciudadano promovido por Jorge Richardi Rochín, según los motivos expuestos en el considerando segundo de la presente resolución.
SG-JDC-53/2017
Expediente: SG-JDC-64/2017
Actores: LUIS ALBERTO CAYEROS SOTO
Fecha de resolución: Jueves, Mayo 18, 2017
Autoridades responsables: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Acto impugnado:

Acuerdo INE/CG10/2017, de fecha veintiséis de enero de dos mil diecisiete, aprobado por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, mediante el cual se ajustaron los plazos para la elaboración y aprobación del dictamen consolidado y resolución, derivado de la revisión de los informes de ingresos y gastos de los precandidatos y aspirantes a candidatos independientes, correspondientes al proceso electoral local ordinario 2016-2017, en los Estados de Coahuila de Zaragoza, México, Nayarit y Veracruz de Ignacio de la Llave.

Sentido:
ÚNICO. Se desecha de plano la demanda presentada por Luis Alberto Cayeros Soto.
SG-JDC-64/2017
Expediente: SUP-JDC-359/2017
Actores: ERASTO ARMANDO ALEMÁN MAYEN
Fecha de resolución: Jueves, Mayo 18, 2017
Autoridades responsables: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO
Acto impugnado:

Sentencia en los juicios JDCL/52/2017 y JDCL/53/2017 acumulados, de once de mayo de dos mil diecisiete, emitida por el Tribunal Electoral del Estado de México, en la que se confirmó el acuerdo IEEM/CG/95/2017, del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, por el cual se tuvo por no presentada la solicitud de registro del actor como candidato independiente a la Gubernatura del Estado de México.

Sentido:
ÚNICO. Se confirma la sentencia impugnada.
SUP-JDC-359/2017
Expediente: SUP-JDC-317/2017
Actores: ABELARDO GOROSTIETA URIBE
Fecha de resolución: Jueves, Mayo 11, 2017
Autoridades responsables: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO
Acto impugnado:

La determinación visible en acuerdo IEEM/CG/111/2017, de fecha cuatro de mayo de dos mil diecisiete, emitida por el Instituto Electoral del Estado de México, en cumplimiento a una sentencia del Tribunal Local en el juicio JDC/42/2017, que le negó al actor su registro como candidato independiente a Gobernador del Estado de México.

Sentido:
PRIMERO. Es improcedente el juicio. SEGUNDO. Se reencauza la demanda del juicio ciudadano en que se actúa al Tribunal Local para su conocimiento, en los términos precisados en esta ejecutoria.
SUP-JDC-317/2017
Expediente: SM-JDC-57/2017
Actores: JAVIER GUERRERO GARCÍA
Fecha de resolución: Miércoles, Mayo 10, 2017
Autoridades responsables: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA
Acto impugnado:

Resolución de veinticuatro de febrero de dos mil diecisiete, dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza en el Procedimiento Especial Sancionador PES/09/2017, incoado por el actor en su carácter de candidato independiente al cargo de Gobernador Constitucional del Estado de Coahuila de Zaragoza, con motivo de su denuncia contra diverso candidato por la colocación de propaganda electoral.

Sentido:
ÚNICO. Se confirma la resolución impugnada.
SM-JDC-57/2017
Expediente: SUP-JDC-299/2017
Actores: LUIS ALBERTO CAYEROS SOTO
Fecha de resolución: Miércoles, Mayo 10, 2017
Autoridades responsables: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Acto impugnado:

Acuerdo INE/CG10/2017, de veintiséis de enero de dos mil diecisiete, emitido por Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se aprueba el ajuste a los plazos para la elaboración y aprobación del dictamen consolidado y resolución, derivado de la revisión de los informes de ingresos y gastos de los precandidatos y aspirantes a candidatos independientes, correspondiente al proceso electoral local ordinario 2016-2017, en los Estados de Coahuila de Zaragoza, México, Nayarit y Veracruz de Ignacio de la Llave, y que fue impugnado por el actor ante la Junta Local Ejecutiva del Insrirurro Nacional Electoral el veinte de abril de ese año.

Sentido:
PRIMERO. La Sala Regional Guadalajara es la competente para conocer del presente juicio para la protección de los derechos políticoelectorales del ciudadano. SEGUNDO. Remítanse a la referida Sala Regional las constancias del expediente, a efecto de que resuelva lo que en Derecho corresponda.
SUP-JDC-299/2017
Expediente: SUP-JDC-308/2017
Actores: JORGE RICHARDI ROCHIN
Fecha de resolución: Miércoles, Mayo 10, 2017
Autoridades responsables: TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE NAYARIT
Acto impugnado:

La omisión del Tribunal Estatal Electoral de Nayarit de resolver el medio de impugnación identificado con la clave TEE-JDCN-33/2017, promovido por el actor en contra del acuerdo IEENCLE-024/2017, de fecha ocho de febrero de esa anualidad, emitido por el Consejo Local Electoral de esa entidad federativa, y relativo a los tope de gastos de campaña para el proceso electoral local ordinario 2017, particularmente, para la elección de Presidente Municipal del Ayuntamiento de Tepic, Nayarit.

Sentido:
PRIMERO. La Sala Regional Guadalajara es la competente para conocer del presente juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. SEGUNDO. Remítanse a la referida Sala Regional las constancias del expediente, a efecto de que resuelva lo que en Derecho corresponda.
SUP-JDC-308/2017
Expediente: SUP-JDC-309/2017
Actores: ISIDRO PASTOR MEDRANO
Fecha de resolución: Martes, Mayo 9, 2017
Autoridades responsables: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO
Acto impugnado:

Acuerdo IEEM/CG/109/2017, de dos de mayo de esa anualidad, emitido por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, por el que se da cumplimiento a la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de México en el recurso de apelación RA/13/2017, y acumulados, en el sentido de negar al actor el registro como candidato independiente a Gobernador del Estado de México.

Sentido:
PRIMERO. Es improcedente el juicio. SEGUNDO. Se reencauza la demanda para que se sustancie como juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, competencia del Tribunal Electoral del Estado de México.
SUP-JDC-309/2017
Expediente: SX-JDC-411/2017
Actores: ERASMO OLEA PÉREZ
Fecha de resolución: Viernes, Mayo 5, 2017
Autoridades responsables: TRIBUNAL ELECTORAL DE VERACRUZ
Acto impugnado:

Resolución de veinticuatro de abril de dos mil diecisiete, dictada por el Tribunal Electoral de Veracruz, en el expediente JDC 190/2017, que confirmó los acuerdos A35/OPLEV/CPPP/03-27-2017, emitido por la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos, y OPLEV/CG/060/2017, del Consejo General, ambos del Organismo Público Local Electoral de Veracruz.

Sentido:
ÚNICO. Se desecha de plano la demanda promovida por Erasmo Olea Pérez.
SX-JDC-411/2017