Candidaturas

LAS CANDIDATURAS INDEPENDIENTES EN EL PROCESO ELECTORAL 2014-2015

Sentencias TEPJF

Expediente: SG-JDC-102/2017
Actores: ROSA MARÍA ROJAS BERNAL
Fecha de resolución: Jueves, Julio 6, 2017
Autoridades responsables: TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE NAYARIT Y OTRO
Acto impugnado:

Sentencia de nueve de junio de dos mil diecisiete, dictada por el Tribunal Estatal Electoral de Nayarit en los autos del juicio TE-JDCN-39/2017 y acumulados, promovido contra el acuerdo A/08/CME19/18-05-17, de dieciocho de mayo de esa anualidad, emitido por el Consejo Municipal Electoral del Instituto Estatal Electoral de Nayarit, por el cual se declaró improcedente la solicitud de diversos candidatos independientes a los cargos de presidente municipal, síndico y regidores en el estado de Nayarit.

Sentido:
ÚNICO. Se desecha de plano la demanda de juicio ciudadano.
SG-JDC-102/2017
Expediente: SG-JDC-103/2017
Actores: TOMÁS RODRÍGUEZ OLVERA Y OTROS
Fecha de resolución: Jueves, Julio 6, 2017
Autoridades responsables: TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE NAYARIT Y OTRO
Acto impugnado:

Sentencia de nueve de junio de dos mil diecisiete, dictada por el Tribunal Estatal Electoral de Nayarit, en el juicio TE-JDCN-39/2017, y acumulados, incoado para controvertir el acuerdo A/08/CME19/18-05-17, de dieciocho de mayo del mismo año, emitido por el Consejo Municipal Electoral del Instituto Estatal Electoral de Nayarit, mediante el cual se declaró improcedente la solicitud de registro de diversos candidatos independientes a los cargos de presidente municipal, síndico y regidores en el estado de Nayarit. Asimismo, la resolución del Tribunal local decretó revocar el acuerdo impugnado y ordenar al Instituto local que emitiera uno nuevo en el que incluyera al actor y otros en el procedimiento de asignación de representación proporcional, siempre que hubieran obtenido al menos el tres por ciento de la votación valida emitida para esa elección.

Sentido:
ÚNICO. Se desecha de plano la demanda de juicio ciudadano.
SG-JDC-103/2017
Expediente: SUP-JDC-373/2017
Actores: HILARIO RAMÍREZ VILLANUEVA
Fecha de resolución: Miércoles, Junio 14, 2017
Autoridades responsables: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Acto impugnado:

Acuerdo INE/CG145/2017, de tres de mayo de ese año, emitido por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, respecto de las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes de ingresos y gastos para el desarrollo de las actividades para la obtención de apoyo ciudadano de los aspirantes al cargo de Gobernador, correspondiente al proceso electoral local ordinario 2016-2017, en el Estado de Nayarit, mediante la cual se le impuso una sanción económica al actor por un monto de $176,193.66 (ciento setenta y seis mil ciento noventa y tres pesos 66/100 M. N.).

Sentido:
ÚNICO. Se desecha de plano el juicio ciudadano.
SUP-JDC-373/2017
Expediente: SUP-JDC-401/2017
Actores: RAMÓN ENRIQUE AGÜET ROMERO
Fecha de resolución: Miércoles, Junio 14, 2017
Autoridades responsables: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Acto impugnado:

Resolución INE-CG145/2017, de tres de mayo de dos mil diecisiete, emitida por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, relativa a la revisión de los informes de ingresos y gastos para el desarrollo de actividades para la obtención de apoyo ciudadano de los aspirantes al cargo de Gobernador del Estado de Nayarit, y en el cual se determinaron irregularidades en el Dictamen consolidado.

Sentido:
ÚNICO. Se desecha de plano la demanda.
SUP-JDC-401/2017
Expediente: SUP-JDC-392/2017
Actores: ISIDRO PASTOR MEDRANO
Fecha de resolución: Martes, Junio 13, 2017
Autoridades responsables: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO
Acto impugnado:

Sentencia de fecha veinticinco de mayo de dos mil diecisiete, en el procedimiento especial sancionador local PES/71/2017, sustanciado ante el Tribunal Electoral del Estado de México, en la cual le fue impuesta al actor sanción consistente en amonestación pública por la indebida colocación de propaganda en lugares prohibidos.

Sentido:
PRIMERO. Esta Sala Superior es competente para conocer del presente medio de impugnación. SEGUNDO. Proceda el Magistrado Instructor como en Derecho proceda.
SUP-JDC-392/2017
Expediente: SUP-JDC-307/2017
Actores: ISIDRO PASTOR MEDRANO
Fecha de resolución: Miércoles, Junio 7, 2017
Autoridades responsables: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO
Acto impugnado:

Sentencia de fecha tres de mayo del dos mil diecisiete, en el Procedimiento Especial Sancionador número PES/56/2017, dictada por el Tribunal Electoral del Estado de México, que escindió la parte de la denuncia consistente en el incumplimiento de la obligación de recibir aportaciones en especie de persona jurídicas colectivas, atribuida al sujeto denunciado, y declaró existente la violación consistente en el uso indebido de símbolos religiosos por parte del ciudadano referido, en la etapa de obtención de apoyo ciudadano a fin de obtener el registro de su candidatura independiente al cargo de gobernador del Estado de México.

Sentido:
ÚNICO. Se confirma la resolución controvertida.
SUP-JDC-307/2017
Expediente: SUP-JDC-316/2017
Actores: ISIDRO PASTOR MEDRANO
Fecha de resolución: Viernes, Junio 2, 2017
Autoridades responsables: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO E INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO
Acto impugnado:

Sentencia incidental de tres de mayo de dos mil diecisiete, mediante la cual el Tribunal Electoral del Estado de México resolvió tener por cumplida la sentencia dictada por dicho Tribunal local en el recurso de apelación RA/13/2017 y acumulados de fecha el dieciocho de abril de la misma anualidad.

Sentido:
ÚNICO. Se tiene por no presentada la demanda de juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, promovida por Isidro Pastor Medrano.
SUP-JDC-316/2017
Expediente: SUP-JDC-364/2017
Actores: GUERREROS POR COAHUILA, A.C.
Fecha de resolución: Viernes, Junio 2, 2017
Autoridades responsables: DIRECTOR EJECUTIVO DE PRERROGATIVAS Y PARTIDOS POLÍTICOS DEL INSTITUTO ELECTORAL DE COAHUILA Y CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Acto impugnado:

Las resoluciones INE-CG140/2017 o INE-CG141/2017, de fecha tres de mayo de dos mil diecisiete, relativas a la revisión de los informes de ingresos y gastos para el desarrollo de actividades para la obtención de apoyo ciudadano del aspirante a candidato a Gobernador de Coahuila, Javier Guerrero García, emitidas por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral y la notificación de las referidas resoluciones, realizadas por el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Electoral de ese Estado.

Sentido:
ÚNICO. Se desecha de plano la demanda del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano al rubro citado.
SUP-JDC-364/2017
Expediente: SUP-JDC-376/2017
Actores: ISIDRO PASTOR MEDRANO
Fecha de resolución: Viernes, Junio 2, 2017
Autoridades responsables: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO
Acto impugnado:

Sentencia de fecha diecisiete de mayo de dos mil diecisiete, emitida por el Tribunal Electoral del Estado de México en los juicios JDCL/54/2017, JDCL/55/2017 y JDCL/57/2017 acumulados, interpuestos por el actor con motivo de diversas impugnaciones para cuestionar la negativa de su registro como candidato independiente a la gubernatura de esa entidad federativa, siendo de destacar que en la tramitación del presente asunto el inconforme presentó desistimiénto.

Sentido:
PRIMERO. Esta Sala Superior es competente para conocer del presente juicio, de conformidad con lo expuesto en el considerando segundo de esta resolución. SEGUNDO. Se tiene por no presentada la demanda del juicio ciudadano promovido por Isidro Pastor Medrano.
SUP-JDC-376/2017
Expediente: SG-JDC-80/2017
Actores: JORGE RICHARDI ROCHÍN
Fecha de resolución: Miércoles, Mayo 31, 2017
Autoridades responsables: TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE NAYARIT
Acto impugnado:

Acuerdo IEEN-CLE-024/2017, de ocho de febrero de esa anualidad, aprobado por el Consejo Local del Instituto Estatal Electoral de Nayarit, relativo a los topes de gastos de precampaña por precandidato y aspirante a candidatura independiente, y los topes de gastos de campaña para el proceso electoral local ordinario 2017.

Sentido:
Primero. Se revoca en lo conducente el acto reclamado, acorde a los argumentos del considerando de fondo. Segundo. Se ordena informar a la Sala Superior de este Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la inaplicación efectuada para todos los efectos constitucionales previstos.
SG-JDC-80/2017