Candidaturas

LAS CANDIDATURAS INDEPENDIENTES EN EL PROCESO ELECTORAL 2014-2015

Sentencias TEPJF

Expediente: SUP-JDC-2808/2014
Actores: Mario Antonio Hurtado de Mendoza Batiz
Fecha de resolución: Martes, Diciembre 23, 2014
Autoridades responsables: Consejo General del Instituto Nacional Electoral
Acto impugnado:

El acuerdo INE/CG273/2014, emitido por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, de veinte de noviembre del año en curso, que entre otras cuestiones, aprobó los criterios aplicables, el modelo único de estatutos y la convocatoria para el registro de candidatas y candidatos independientes a diputadas y diputados por el principio de mayoría relativa para el Proceso Electoral Federal 2014-2015.

Sentido:
ÚNICO. Se confirma el acuerdo INE/CG273/2014, emitido por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, el veinte de noviembre del año en curso, que entre otras cuestiones, aprobó los criterios aplicables, el modelo único de estatutos y la convocatoria para el registro de candidatas y candidatos independientes a diputadas y diputados por el principio de mayoría relativa para el Proceso Electoral Federal 2014-2015.
SUP-JDC-2808/2014
Expediente: SUP-RAP-202/2014 Y ACUMULADOS
Actores: Partido Encuentro Social y otros.
Fecha de resolución: Jueves, Diciembre 18, 2014
Autoridades responsables: Consejo General del Instituto Nacional Electoral
Acto impugnado:

El Acuerdo INE/CG267/2014 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se expide el Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral. En particular, respecto a las candidaturas independientes, el actor manifestaba como agravio supuesta violación de los principios de equidad, certeza, objetividad, legalidad e imparcialidad en la asignación de tiempos de radio y televisión a los partidos políticos, al considerar a las candidaturas independientes a efecto de establecer las pautas de radio y televisión sin considerar su registro legal.

Sentido:
PRIMERO. Se acumulan al recurso de apelación SUP-RAP-202/2014, los diversos SUP-RAP-204/2014, SUP-RAP-209/2014 y SUP-RAP-219/2014, y se ordena agregar copia certificada de los puntos resolutivos a éste último. SEGUNDO. Se confirma, en la parte impugnada, el Acuerdo identificado con la clave INE/CG267/2014, de diecinueve de noviembre de dos mil catorce, emitido por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se expide el Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral; de conformidad con lo señalado en el último considerando de la presente ejecutoria.
SUP-RAP-202/2014 Y ACUMULADOS
Expediente: SUP-JDC-2813/2014
Actores: Marisol Flores Sánchez y otros
Fecha de resolución: Jueves, Diciembre 18, 2014
Autoridades responsables: LXII Legislatura del Congreso del Estado de Hidalgo
Acto impugnado:

La omisión de la LXII Legislatura del Congreso del Estado de Hidalgo de cumplir lo ordenado en el artículo tercero transitorio del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el nueve de agosto de dos mil doce, por el que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, debido a que el órgano legislativo responsable no ha expedido la legislación para implementar las candidaturas independientes, así como la iniciativa ciudadana y la consulta popular en esa entidad federativa.

Sentido:
PRIMERO. Se ordena a la LXII Legislatura del Congreso del Estado de Hidalgo que, de inmediato, expida la legislación reglamentaria sobre candidaturas independientes, iniciativa ciudadana y consulta popular, a fin de dar cumplimiento a lo previsto en los artículos 35, fracciones II, VII y VIII, así como 116, fracción IV, incisos k) y p), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. SEGUNDO. Dentro de las veinticuatro horas siguientes a que se dé cumplimiento a lo ordenado en esta ejecutoria, la Legislatura responsable deberá rendir el informe respectivo a esta Sala Superior.
SUP-JDC-2813/2014
Expediente: SUP-RAP-200/2014 y SUP-RAP-211/2014, ACUMULADOS
Actores: Morena y Partido Verde Ecologista de México
Fecha de resolución: Jueves, Diciembre 18, 2014
Autoridades responsables: Consejo General del Instituto Nacional Electoral
Acto impugnado:

El acuerdo de veinte de noviembre de dos mil catorce, por el que aprobó "LOS DISEÑOS Y LA IMPRESIÓN DE LA BOLETA Y LOS DEMÁS FORMATOS DE LA DOCUMENTACIÓN ELECTORAL DE LA ELECCIÓN DE DIPUTADOS FEDERALES PARA EL PROCESO ELECTORAL FEDERAL 2014-2015", identificado con la clave INE/CG280/2014.

Sentido:
PRIMERO. Se acumula el recurso de apelación identificado con la clave de expediente SUP-RAP-211/2014, al diverso medio de impugnación identificado con la clave SUP-RAP-200/2014. En consecuencia, se ordena glosar copia certificada de los puntos resolutivos de esta sentencia, al expediente del recurso acumulado. SEGUNDO. Se revoca, en lo que fue materia de impugnación, el acuerdo identificado con la clave INE/CG280/2014, emitido el veinte de noviembre de dos mil catorce, por el Consejo General de Instituto Nacional Electoral, para los efectos precisados en el considerando octavo de esta sentencia.
SUP-RAP-200/2014 y SUP-RAP-211/2014, ACUMULADOS
Expediente: SUP-RAP-203/2014 Y ACUMULADOS SUP-RAP-213/2014 Y SUP-JDC-2782/2014
Actores: Partido de la Revolución Democrática y otros.
Fecha de resolución: Miércoles, Diciembre 10, 2014
Autoridades responsables: Consejo General del Instituto Nacional Electoral
Acto impugnado:

El acuerdo INE/CG273/2014, emitido por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, de veinte de noviembre del año en curso, que entre otras cuestiones, aprobó los criterios aplicables, el modelo único de estatutos y la convocatoria para el registro de candidatas y candidatos independientes a diputadas y diputados por el principio de mayoría relativa para el Proceso Electoral Federal 2014-2015.

Sentido:
PRIMERO. Se acumulan el recurso de apelación identificado con la clave SUP-RAP-213/2014 y el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano SUP-JDC-2782/2014, al diverso SUP-RAP-203/2014, en virtud de lo precisado en el considerando segundo de este fallo. Glósese copia certificada de los puntos resolutivos de esta sentencia a los expedientes del recurso y juicio acumulados. SEGUNDO. Se modifica el acuerdo INE/CG273/2014, emitido por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, de veinte de noviembre del año en curso, en términos de expuesto en el considerando séptimo de esta sentencia. TERCERO. Se vincula al citado Consejo para que dentro de las veinticuatro horas siguientes, al cumplimiento de la presente ejecutoria, informen de ello a esta Sala Superior.
SUP-RAP-203/2014 Y ACUMULADOS SUP-RAP-213/2014 Y SUP-JDC-2782/2014
Expediente: SUP-JE-8/2014
Actores: Partido Acción Nacional
Fecha de resolución: Miércoles, Diciembre 3, 2014
Autoridades responsables: Congreso del Estado de Veracruz
Acto impugnado:

La omisión de la Sexagésima Tercera Legislatura del Congreso del Estado de Veracruz de cumplir lo ordenado en el artículo tercero transitorio del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el nueve de agosto de dos mil doce, por el que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, debido a que la responsable no ha expedido la legislación secundaria para implementar las candidaturas independientes, así como la iniciativa ciudadana y la consulta popular en esa entidad federativa.

Sentido:
PRIMERO. Se ordena a la Sexagésima Tercera Legislatura del Congreso del Estado de Veracruz que, de inmediato, expida la legislación reglamentaria sobre candidaturas independientes, iniciativa ciudadana y consulta popular, a fin de dar cumplimiento a lo previsto en los artículos 35, fracciones II, VII y VIII, así como 116, fracción IV, incisos k) y p), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. SEGUNDO. Dentro de las veinticuatro horas siguientes a que se dé cumplimiento a lo ordenado en esta ejecutoria, la Legislatura responsable deberá rendir el informe respectivo a esta Sala Superior.
SUP-JE-8/2014
Expediente: SUP-JDC-2691/2014
Actores: Carlos Segura Pérez
Fecha de resolución: Miércoles, Diciembre 3, 2014
Autoridades responsables: Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí
Acto impugnado:

La sentencia, de veintiocho de octubre de dos mil catorce, dictada en el recurso de revisión identificado con la clave de expediente TESLP/RR/01/2014.

Sentido:
ÚNICO. Se revoca la sentencia de veintiocho de octubre de dos mil catorce, dictada por el Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí, en el recurso de revisión identificado con la clave de expediente TESLP/RR/01/2014, para los efectos precisados en el considerando último de esta sentencia.
SUP-JDC-2691/2014
Expediente: SUP-JRC-443/2014
Actores: Partido Acción Nacional
Fecha de resolución: Lunes, Diciembre 1, 2014
Autoridades responsables: Sexagésima Tercera Legislatura del Congreso del Estado de Veracruz
Acto impugnado:

Omisión de  la Sexagésima Tercera Legislatura del Congreso del Estado de Veracruz cumplir lo ordenado en el artículo tercero transitorio del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el nueve de agosto de dos mil doce, por el que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, debido a que la responsable no ha expedido la legislación secundaria para implementar las candidaturas independientes, así como la iniciativa ciudadana y la consulta popular en esa entidad federativa.

Sentido:
PRIMERO. Es improcedente el juicio de revisión constitucional electoral. SEGUNDO. Se reencausa el juicio de revisión constitucional electoral a juicio electoral. TERCERO. Remítanse los autos del juicio de revisión constitucional electoral al rubro indicado a la Secretaría General de Acuerdos de esta Sala Superior, a fin de que haga las anotaciones pertinentes, y hecho lo anterior, devuelva los autos al Magistrado Ponente, para los efectos legales procedentes.
SUP-JRC-443/2014
Expediente: SUP-JDC-2665/2014
Actores: Gerardo Cortinas Murra
Fecha de resolución: Jueves, Noviembre 6, 2014
Autoridades responsables: Congreso del Estado de Chihuahua
Acto impugnado:

La omisión del Congreso del Estado de Chihuahua de cumplir lo ordenado en el artículo tercero transitorio del Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el nueve de agosto de dos mil doce, por el que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, debido a que la responsable no ha expedido la legislación para implementar las candidaturas independientes en esa entidad federativa.

Sentido:
PRIMERO. Se ordena a la Sexagésima Cuarta Legislatura del Congreso del Estado de Chihuahua que, de inmediato, expida la legislación sobre candidaturas independientes, para dar cumplimiento a lo previsto en los artículos 35, fracción II, y 116, fracción IV, incisos k) y p), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. SEGUNDO. Dentro de las veinticuatro horas siguientes a que se dé cumplimiento a lo ordenado en esta ejecutoria, la Legislatura responsable deberá rendir el informe respectivo a esta Sala Superior. TERCERO. Se amonesta al Congreso del Estado de Chihuahua, en los términos precisados en el considerando SEXTO, de esta sentencia.
SUP-JDC-2665/2014
Expediente: SUP-JDC-451/2014
Actores: Manuel Jesús Clouthier Carrillo
Fecha de resolución: Miércoles, Septiembre 24, 2014
Autoridades responsables: Congreso de la Unión
Acto impugnado:

La constitucionalidad de los artículos 367 numeral 1, 368 numeral 2, 371 numeral 3, 385 numeral 2, incisos b) y g) y 412 numeral 1, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de mayo de dos mil catorce.

Sentido:
ÚNICO. Se desecha de plano la demanda.
SUP-JDC-451/2014