Determinación de trece de octubre de dos mil diecisiete, de la Vocal Ejecutiva de la 06 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en Coahuila de Zaragoza, por la cual se tuvo por no presentada la manifestación de intención del actor para postularse como candidato independiente al cargo de Diputado Federal.
Determinación de doce de octubre de dos mil diecisiete, emitida por el Vocal Secretario de la Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en San Luis Potosí, en la que dar respuesta a la solicitud del actor respecto de la imposibilidad de descargar la aplicación creada por ese Instituto, para recabar el apoyo ciudadano para obtener su registro como candidato independiente, recayéndo la resolución que se combate al precisársele que la información podía ser consultada en el Manual de Usuario del Portal Web para el Solicitante de Proceso de Participación Ciudadana para Candidaturas Independientes, Consultas Populares o Iniciativas de Ley.
Oficio INE/JLE-QRO/0904/2017, de dieciocho de octubre de dos mil dicisiete, emitido por la Vocalía Ejecutiva de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en el Estado de Querétaro, mediante el cual, determinó tener por no presentada la manifestación de intención de la actora para ser postulada a candidata independiente al cargo de Senadora por el principio de mayoría relativa en dicha entidad federativa.
Oficio INE/JLE-ZAC/VE/2734/2017, de diecinueve de octubre de dos mil diecisiete, emitido por el Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en el Estado de Zacatecas, por el que se tuvo por no presentada su manifestación de intención para ser aspirante a candidato independiente a Senador por el principio de mayoría relativa en la referida entidad federativa.
Acuerdos INE/CG387/2017, y INE/CG455/2017, de veintiocho de agosto y siete de octubre de dos mil diecisiete, respectivamente, relativos a los Lineamientos para la Verificación del Porcentaje de Apoyo Ciudadano que se requiere para el Registro de Candidaturas Independientes a Cargos Federales de Elección Popular para el Proceso Electoral Federal 2017-2018, y el diverso referido mediante el cual se modificó las bases Cuarta y Quinta de la Convocatoria, a fin de incorporar la prórroga ordenada al plazo originalmente establecido para la presentación del escrito de manifestación de intención para el registro de candidaturas independientes a los cargos de elección popular referidos en la misma, lo que se tradujo, y de ello se duele el actor, en la verificación del porcentaje de apoyo ciudadano a través de la aplicación móvil, la indebida ampliación de los plazos para la manifestación de intención de ser candidato independiente, la omisión del Instituto Nacional Electoral de contestar la queja y denuncia presentada y la omisión de dicgho Instituto de cumplir con su obligación de difundir las plataformas electorales de los aspirantes a una candidatura independiente.
Acuerdo INE/CG387/2017, de veintiocho de agosto de esa anualidad, emitido por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, relativo a la ejecución de la aplicación móvil para recabar los datos y firmas para el apoyo ciudadano, a fin de que la actora sea postulada como candidata independiente a diputada federal por el principio de mayoría relativa en el distrito 27 del Instituto Nacional Electoral en el Estado de México, con sede en Metepec.
Oficio INE/COL/JLE/1554/2017, emitido por el Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en el Estado de Colima, por el que tuvo por no presentada la manifestación de intención de la actora como aspirante a candidata independiente a Senadora de la República.
Acuerdo IEEM/CG/183/2017, de diecinueve de octubre de esa anualidad, emitido por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, relativo a la Convocatoria para el proceso de selección de candidatos independientes a diputados o miembros del ayuntamiento en esa entidad federativa.
Oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/2964/2017, de veinte de octubre de esa anualidad, emitido por la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos mediante el cual se notificó al actor que su manifestación de intención se tuvo por no presentada, al incumplir con los requisitos establecidos en la legislación electoral y en el Reglamento de Elecciones de la autoridad electoral nacional.
Acuerdo IECM/ACU-CG063/2017, de veinte de octubre de dos mil diecisiete, emitido por el Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México, relativo a la procedencia de las solicitudes de registro como aspirantes a candidaturas sin partido a la Jefatura de Gobierno, en el proceso electoral local ordinario 2017-2018, presentadas en fecha once al dieciséis de octubre de dos mil diecisiete, en el que se determinó la improcedencia de la solicitud de registro como aspirante a candidato sin partido a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México del ahora actor.