Candidaturas

LAS CANDIDATURAS INDEPENDIENTES EN EL PROCESO ELECTORAL 2014-2015

Sentencias TEPJF

Expediente: SUP-JDC1033/2017
Actores: RODOLFO MACÍAS CABRERA
Fecha de resolución: Jueves, Noviembre 16, 2017
Autoridades responsables: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL Y OTROS
Acto impugnado:

Oficio INE/DE/DPPF/3096/2017, de veintisiete de octubre de dos mil diecisiete, del Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, que tuvo por extemporánea la presentación de la manifestación de intención de Rodolfo Macías Cabrera para postularse como candidato independiente a Presidente de la República, en el proceso electoral federal 2017-2018.

Sentido:
ÚNICO. Se desecha la demanda de juicio ciudadano por resultar inoportuna.
SUP-JDC1033/2017
Expediente: SUP-JDC-1034/2017
Actores: ALFONSO RAÚL DE JESÚS FERRIZ SALINAS
Fecha de resolución: Jueves, Noviembre 16, 2017
Autoridades responsables: DIRECTOR EJECUTIVO DE PRERROGATIVAS Y PARTIDOS POLÍTICOS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Acto impugnado:

Oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/3104/2017, de treinta y uno de octubre de dos mil diecisiete, emitido por el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, por el cual se reiteró al actor que se tuvo por no presentada su manifestación de intención para postularse como candidato independiente a la Presidencia de la República.

Sentido:
UNICO. Se confirma el oficio reclamado.
SUP-JDC-1034/2017
Expediente: SUP-JDC-1038/2017
Actores: FEDERICO CÁNOVAS GÓMEZ URQUIZA, EN REPRESENTACIÓN DE MARCO FERRARA VILLARREAL
Fecha de resolución: Jueves, Noviembre 16, 2017
Autoridades responsables: DIRECCIÓN EJECUTIVA DE PRERROGATIVAS Y PARTIDOS POLÍTICOS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Acto impugnado:

Oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/3167/2017, de dos de noviembre de esa anualidad, emitido por el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, a traés del cual se da respuesta a la consulta incoada por Federico Cánovas Gómez Urquiza, en representación de Marco Ferrara Villarreal, respecto a diversos planteamientos relacionados con el funcionamiento de la aplicación móvil implementada para recabar firmas de apoyo ciudadano para obtener la candidatura independiente del representado al cargo de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

Sentido:
ÚNICO. Se desecha de plano la demanda.
SUP-JDC-1038/2017
Expediente: SUP-JDC-1001/2017
Actores: JAIME ARIZAGA SÁNCHEZ
Fecha de resolución: Jueves, Noviembre 16, 2017
Autoridades responsables: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL Y OTRAS
Acto impugnado:

Oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/2962/2017, de veinte de octubre de dos mil diecisiete, suscrito por el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, mediante el cual se determinó que el actor no subsanó inconsistencias, por lo que se tuvo por no presentada su manifestación de intención para contender como candidato independiente a la Presidencia de la República.

Sentido:
ÚNICO. Se confirma el oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/2962/2017, emitido por el Director de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral.
SUP-JDC-1001/2017
Expediente: SG-JDC-202/2017
Actores: ALBERTO MURILLO RAMÍREZ
Fecha de resolución: Miércoles, Noviembre 15, 2017
Autoridades responsables: DIRECCIÓN EJECUTIVA DE PRERROGATIVAS Y PARTIDOS POLÍTICOS Y CONSEJO GENERAL AMBOS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Acto impugnado:

Oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/3063/2017, de veinticinco de octubre de dos mil diecisiete, emitido por la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, a través del cual la autoridad señalada como responsable, dio respuesta en sentido negativo a la solicitud del actor referente a que se le autorizara el régimen de excepción para recabar el apoyo ciudadano exigido como soporte de su candidatura.

Sentido:
ÚNICO. Se confirma el acto impugnado.
SG-JDC-202/2017
Expediente: SG-JDC-203/2017
Actores: SERGIO RIVERA FIGUEROA
Fecha de resolución: Miércoles, Noviembre 15, 2017
Autoridades responsables: DIRECCIÓN EJECUTIVA DE PRERROGATIVAS Y PARTIDOS POLÍTICOS Y CONSEJO GENERAL, AMBOS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Acto impugnado:

Oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/3135/2017, de treinta y uno de octubre de esa anualidad, emitido por el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, mediante el cual dio respuesta en sentido negativo a la solicitud del actor relativa a la autorización del régimen de excepción para recabar apoyo de la ciudadanía para el registro de candidaturas independientes a cargos federales de elección popular para el proceso electoral federal 2017-2018.

Sentido:
ÚNICO. Se desecha de plano la demanda.
SG-JDC-203/2017
Expediente: SCM-JDC-1351/2017
Actores: CÉSAR DANIEL GONZÁLEZ MADRUGA
Fecha de resolución: Lunes, Noviembre 13, 2017
Autoridades responsables: DIRECCIÓN EJECUTIVA DE PRERROGATIVAS Y PARTIDOS POLÍTICOS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Acto impugnado:

Oficio INE/DEPP/DE/DPPF/3113/2017, emitido por el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, mediante el cual se negó al actor la solicitud de que se le aplicara el régimen de excepción para recabar el apoyo ciudadano necesario para obtener su registro como candidato independiente a Senador de la Ciudad de México.

Sentido:
ÚNICO. Confirmar el Oficio Impugnado.
SCM-JDC-1351/2017
Expediente: SM-JDC-484/2017
Actores: JESÚS NOÉ GARZA LERMA
Fecha de resolución: Viernes, Noviembre 10, 2017
Autoridades responsables: DIRECTOR EJECUTIVO DE PRERROGATIVAS Y PARTIDOS POLÍTICOS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Acto impugnado:

Oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/3166/2017, de tres de noviembre de dos mil diecisiete, emitido por el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, a través del cual no se acordó de conformidad la solicitud del actor respecto a la aplicación del régimen de excepción aprobado en el acuerdo INE/CG454/2017, por el que se le autorizara recabar los apoyos ciudadanos requeridos para el registro de su candidatura mediante cédulas de respaldo ciudadano.

Sentido:
ÚNICO. Se confirma el oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/3166/2017 emitido por la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, que declaró que no ha lugar a acordar de conformidad la solicitud del actor relativa a que se le aplicara el régimen de excepción.
SM-JDC-484/2017
Expediente: SM-JDC-485/2017
Actores: ELIGIO ARNULFO MOYA VARGAS
Fecha de resolución: Viernes, Noviembre 10, 2017
Autoridades responsables: JUNTA LOCAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN EL ESTADO DE QUERÉTARO
Acto impugnado:

Determinación de dieciocho de octubre de dos mil diecisiete, emitido por la Vocal Ejecutiva de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en Querétaro, mediante la que se tuvo por no presentada la manifestación de intención del actor como aspirante a candidato independiente al cargo de Senador de mayoría relativa en dicha entidad.

Sentido:
ÚNICO. Se confirma la decisión de tener por no presentada la manifestación de intención de Eligio Arnulfo Moya Vargas, como aspirante a candidato independiente al cargo de Senador de Mayoría Relativa por Querétaro.
SM-JDC-485/2017
Expediente: SM-JDC-486/2017
Actores: EDGAR ALAN PRADO GÓMEZ
Fecha de resolución: Viernes, Noviembre 10, 2017
Autoridades responsables: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Acto impugnado:

Acuerdos INE/CG387/2017, de veintiocho de agosto, e INE/CG454/2017, de cinco de octubre, ambos de de dos mil diecisiete, emitidos por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, relativos a los lineamientos para la verificación del porcentaje de apoyo ciudadano que se requiere para el registro de candidaturas independientes a cargos federales de elección popular para el proceso electoral federal 2017-2018, y a los diversos para la aplicación del régimen de excepción en la verificación del porcentaje de apoyo ciudadano requerido para el registro de candidaturas independientes a cargos federales de elección popular, respectivamente.

Sentido:
PRIMERO. Se sobresee en el juicio respecto de los acuerdos impugnados. SEGUNDO. Para garantizar el derecho de petición, no es suficiente con la respuesta dada al actor. TERCERO. Se ordena a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral que notifique al actor la respuesta recaída a la solicitud presentada, en términos de lo precisado en esta ejecutoria. CUARTO. Es infundada la pretensión del actor de que se considere aplicar el tres por ciento de la votación válida emitida exigida a los partidos políticos, para obtener su apoyo ciudadano.
SM-JDC-486/2017