Oficio de diez de noviembre de dos mil diecisiete, emitido por el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, en relación a la solicitud planteada por el actor, aspirante a candidato independiente a diputado federal por el principio de mayoría relativa por el 06 distrito electoral de San Luis Potosí, respecto de que se declarara inaplicable en su favor el uso de la aplicación móvil para recabar apoyos ciudadanos.
Convocatoria para participar en las candidaturas independientes a los cargos de diputaciones locales y ayuntamientos y los lineamientos que regulan las referidas candidaturas, ambos emitidos por el Consejo General de la Comisión Estatal Electoral de Nuevo León, en fecha quince de noviembre de dos mil diecisiete.
Convocatoria y Lineamientos para participar en las candidaturas independientes a los cargos de diputaciones locales y ayuntamientos, emitidos el quince de noviembre de dos mil diecisiete, por el Consejo General de la Comisión Estatal Electoral de Nuevo León.
La supuesta violación al derecho político electoral del actor a ser votado, derivado de la supuesta falla en la Aplicación Móvil aprobada por el Instituto Nacional Electoral para recabar los apoyos de la ciudadanía y obtener su registro como candidato independiente para el cargo de Diputado Federal por el principio de Mayoría Relativa por el 01 distrito electoral de Morelos.
Convocatoria para el registro de candidaturas independientes a la Presidencia de la República, Senadurías o Diputaciones Federales por el principio de mayoría relativa para el Proceso Electoral Federal 2017-2018.
Oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/2960/2017, de veinte de octubre de esa anualidad, emitido por el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, a través del cual se declaró por no presentada la manifestación de intención del actor para postularse como aspirante a candidato independiente a Presidente de la República. Asimismo, la parte actora solicitó el ejercicio de la facultad de atracción del presente asunto por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/2981/2017, de veinte de octubre de esa anualidad, emitido por la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, mediante la cual se tuvo por no presentada la manifestación de intención del actor para postularse como aspirante a candidato independiente a Presidente de la República, en virtud de que el promovente no presentó la totalidad de la información requerida por la autoridad.
Acuerdo INE/CG387/2017, de veintiocho de agosto de dos mil diecisiete, emitido por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, a trávés del cual se emiten los Lineamientos para la verificación del porcentaje de apoyo ciudadano que se requiere para el registro de candidaturas independientes a los cargos federales de elección popular para el proceso electoral federal 2017-2018, proceso incoado por el ahora actor en representación del candidato independiente a senador de la República por la Ciudad de México, César Daniel González Madruga.
Oficio INE/DE/DPPF/3096/2017, de veintisiete de octubre de dos mil diecisiete, del Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, que tuvo por extemporánea la presentación de la manifestación de intención de Rodolfo Macías Cabrera para postularse como candidato independiente a Presidente de la República, en el proceso electoral federal 2017-2018.
Oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/2962/2017, de veinte de octubre de dos mil diecisiete, suscrito por el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, mediante el cual se determinó que el actor no subsanó inconsistencias, por lo que se tuvo por no presentada su manifestación de intención para contender como candidato independiente a la Presidencia de la República.