Sentencia de nueve de junio de dos mil diecisiete, dictada por el Tribunal Estatal Electoral de Nayarit, en el juicio TE-JDCN-39/2017, y acumulados, incoado para controvertir el acuerdo A/08/CME19/18-05-17, de dieciocho de mayo del mismo año, emitido por el Consejo Municipal Electoral del Instituto Estatal Electoral de Nayarit, mediante el cual se declaró improcedente la solicitud de registro de diversos candidatos independientes a los cargos de presidente municipal, síndico y regidores en el estado de Nayarit. Asimismo, la resolución del Tribunal local decretó revocar el acuerdo impugnado y ordenar al Instituto local que emitiera uno nuevo en el que incluyera al actor y otros en el procedimiento de asignación de representación proporcional, siempre que hubieran obtenido al menos el tres por ciento de la votación valida emitida para esa elección.
ÚNICO. Se desecha de plano la demanda de juicio ciudadano.