La omisión del Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas, de dictar acuerdo en el que se determinara si la actora adquirió o no el derecho a solicitar el registro de la candidatura independiente, y que tiene relación con la sentencia dictada por la Sala Regional Monterrey en el juicio ciudadano SM-JDC-110/2016, el quince de abril de dos mil dieciséis.
PRIMERO. Se ordena a la Secretaría General de Acuerdos que realice las diligencias pertinentes y turne el escrito de que se trata como incidente de incumplimiento de la sentencia del juicio en cita a la ponencia de la magistrada Claudia Valle Aguilasocho instructora y ponente en el mismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 70, fracción VIII, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. SEGUNDO. En su oportunidad, archívese el presente expediente.