La omisión del Tribunal Estatal Electoral de Nayarit de resolver el medio de impugnación identificado con la clave TEE-JDCN-33/2017, promovido por el actor en contra del acuerdo IEENCLE-024/2017, de fecha ocho de febrero de esa anualidad, emitido por el Consejo Local Electoral de esa entidad federativa, y relativo a los tope de gastos de campaña para el proceso electoral local ordinario 2017, particularmente, para la elección de Presidente Municipal del Ayuntamiento de Tepic, Nayarit.
PRIMERO. La Sala Regional Guadalajara es la competente para conocer del presente juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. SEGUNDO. Remítanse a la referida Sala Regional las constancias del expediente, a efecto de que resuelva lo que en Derecho corresponda.